Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 151

Fecha del Boletín 
27-06-2022

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220627-80

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CHINCHÓN

OFERTAS DE EMPLEO

80
Chinchón. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

Por Resolución de Alcaldía número 230/2022, de fecha 15 de junio de 2022, se aprobaron correcciones de las bases y la convocatoria para la constitución de una bolsa de trabajo para la cobertura temporal de Técnico Auxiliar de Biblioteca.

«Advertido error en las bases de la convocatoria, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de fecha 9 de junio de 2022, número 136, que regirán las bases y la convocatoria para la constitución de una bolsa de trabajo para la cobertura temporal de Técnico Auxiliar de Biblioteca del Ayuntamiento de Chinchón.

En virtud de lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, en el que se establece que “Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.

Examinadas las bases de la convocatoria en relación con la selección del personal que va conformar la bolsa de empleo y de conformidad con el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, resuelvo:

Primero.—La rectificación del error detectado en las bases específicas por las que se rige la convocatoria para la constitución de una bolsa de trabajo para la cobertura temporal de Técnico Auxiliar de Biblioteca, en el siguiente sentido:

Cláusula cuarta. Forma y plazo de presentación de instancias.

Donde dice: “A su solicitud adjuntará certificado de discapacidad donde se acrediten las deficiencias permanentes que han dado lugar al grado de discapacidad reconocido, para que posteriormente el Tribunal entre a valorar la procedencia o no de las adaptaciones solicitadas. Una vez analizadas las necesidades específicas de cada uno de los aspirantes que participan en turno de reserva, el Tribunal adoptará las medidas necesarias de adaptaciones de tiempo y medios que serán publicadas en la sede electrónica de este Ayuntamiento Sede Electrónica de Chinchón (www.sedelectronica.es )”.

Debe decir: “A su solicitud adjuntará certificado de discapacidad donde se acrediten las deficiencias permanentes que han dado lugar al grado de discapacidad reconocido, para que posteriormente el Tribunal entre a valorar la procedencia o no de las adaptaciones solicitadas. Una vez analizadas las necesidades específicas de cada uno de los aspirantes que participan en turno de reserva, el Tribunal adoptará las medidas necesarias de adaptaciones de tiempo y medios que serán publicadas en la sede electrónica de este Ayuntamiento Sede Electrónica de Chinchón (www.chinchon.sedelectronica.es )”.

Segundo.—La rectificación del error detectado en las bases específicas por las que se rige la convocatoria para la constitución de una bolsa de trabajo para la cobertura temporal de Técnico Auxiliar de Biblioteca, en el siguiente sentido:

Clausula séptima. Sistemas de selección y desarrollo de los procesos

4. Titulación académica:

Donde dice: “Por diplomatura o licenciatura, se concederá 1 punto, relacionado con el puesto convocado (sin límite de puntuación)”.

Debe decir: “Por diplomatura, licenciatura, grado universitario o máster, se concederá 1 punto, relacionado con el puesto convocado (sin límite de puntuación)”.

Tercero.—La rectificación del error detectado en las bases específicas por las que se rige la convocatoria para la constitución de una bolsa de trabajo para la cobertura temporal de Técnico Auxiliar de Biblioteca, en el siguiente sentido:

Cláusula octava. Calificación:

Donde dice: “La calificación final será la suma de los puntos obtenidos en la fase de concurso”.

Debe decir: “La calificación final será la suma de los puntos obtenidos en la fase de concurso.

En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

1. Mayor puntuación obtenida en titulación y cursos.

2. Mayor puntuación obtenida en experiencia laboral.

En caso de que persista en empate se dirimirá por sorteo público”.

Cuarto.—La rectificación del error detectado en las bases específicas por las que se rige la convocatoria para la constitución de una bolsa de trabajo para la cobertura temporal de Técnico Auxiliar de Biblioteca, en el siguiente sentido:

Clausula décima. Funcionamiento de la bolsa de trabajo:

Donde dice: “Las personas integrantes de las bolsas de trabajo ocuparán el puesto de la lista que le corresponda, atendiendo a la puntuación obtenida en el proceso selectivo utilizado para su constitución, debiendo aparecer, junto al número del puesto ocupado, la puntuación que ostenta dentro del listado.

La puntuación mínima para poder formar parte de la correspondiente bolsa de trabajo es de 3 puntos.

Todas las personas que superen el proceso de selección serán incluidas en una bolsa de trabajo para las futuras contrataciones que resulten necesarias a fin de cubrir vacantes temporalmente, y serán llamadas siguiendo el orden establecido en el listado correspondiente. El funcionamiento de la Bolsa de Trabajo se ajustará a los principios de igualdad de oportunidades y principio de no discriminación.

El orden de llamamiento de los aspirantes inscritos en la bolsa en este Ayuntamiento será por: Las personas integrantes de las bolsas de trabajo ocuparan el puesto de la lista que le corresponda, atendiendo a la puntuación obtenida en el proceso selectivo utilizado para su constitución, debiendo aparecer, junto al número del puesto ocupado, la puntuación que ostenta dentro del listado.

La puntuación mínima para poder formar parte de la correspondiente bolsa de trabajo es de 3 puntos.

Todas las personas que superen el proceso de selección serán incluidas en una bolsa de trabajo para las futuras contrataciones que resulten necesarias a fin de cubrir vacantes temporalmente, y serán llamadas siguiendo el orden establecido en el listado correspondiente. El funcionamiento de la bolsa de trabajo se ajustará a los principios de igualdad de oportunidades y principio de no discriminación.

Sistema rotativo”.

Debe decir: “Las personas integrantes de las bolsas de trabajo ocuparán el puesto de la lista que le corresponda, atendiendo a la puntuación obtenida en el proceso selectivo utilizado para su constitución, debiendo aparecer, junto al número del puesto ocupado, la puntuación que ostenta dentro del listado.

Todas las personas que superen el proceso de selección serán incluidas en una bolsa de trabajo para las futuras contrataciones que resulten necesarias a fin de cubrir vacantes temporalmente, y serán llamadas siguiendo el orden establecido en el listado correspondiente. El funcionamiento de la bolsa de trabajo se ajustará a los principios de igualdad de oportunidades y principio de no discriminación.

El orden de llamamiento de los aspirantes inscritos en la bolsa en este Ayuntamiento será por sistema rotativo”.

Quinto.—La rectificación del error detectado en las bases específicas por las que se rige la convocatoria para la constitución de una bolsa de trabajo para la cobertura temporal de Técnico Auxiliar de Biblioteca, en el siguiente sentido:

ANEXO I

— Donde dice: “3. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones, circunstancia que se acreditará de ser seleccionado para su nombramiento como Arquitecto Superior, funcionario interino”.

— Debe decir: “3. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones, circunstancia que se acreditará de ser seleccionado para su nombramiento como Técnico Auxiliar de Biblioteca”.

Sexto.—El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la corrección en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Séptimo.—Publicar el presente decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en la sede electrónica del Ayuntamiento de Chinchón (www.chinchon.sedelectronica.es)».

Chinchón, a 17 de junio de 2022.—El alcalde, Francisco Javier Martínez Mayor.

(03/12.730/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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