Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 112

Fecha del Boletín 
12-05-2022

Sección 1.2.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220512-2

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

2
CORRECCIÓN de errores de la Orden 393/2022, de 4 de marzo, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan dos procesos selectivos para el acceso, por el sistema general de acceso libre y de promoción interna, a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de técnico de mantenimiento (Grupo III, Nivel 5, Área b) de la Comunidad de Madrid.

Advertido error material en la publicación de la citada Orden 393/2022 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 65, correspondiente al día 17 de marzo de 2022, página 38, número de inserción (01/5.055/22), y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a su corrección, en los siguientes términos:

En la letra a), del punto primero, de la base segunda, “Personas aspirantes”, de la Orden 393/2022, de 4 de marzo, referida a los requisitos de titulación y experiencia profesional sustitutoria,

Donde dice:

“a) Estar en posesión o en condiciones de obtener, en la fecha de finalización del plazo para la presentación de solicitudes, el título de FP II o de Formación Profesional de Grado Superior de alguna de las siguientes familias:

— Edificación y Obra Civil, (todas Ramas en Grado Medio y Técnico Superior en Organización y Control Obras Construcción en Grado Superior).

— Electricidad y Electrónica (Técnico Instalaciones Eléctricas y Automáticas en Grado Medio y Técnico Superior en Automatización y Robótica Industrial en Grado Superior).

— Instalación y Mantenimiento (todas las Ramas en Grado Medio y Técnico Superior en Mantenimiento de Instalaciones Térmicas y de Fluidos en Grado Superior).

— Madera, Mueble y Corcho (Técnico en Carpintería y Mueble y Técnico en Instalación y Amueblamiento en Grado Medio y Técnico Superior en Diseño y Amueblamiento en Grado Superior).

— Fabricación Mecánica (Técnico en Soldadura y Calderería en Grado Medio y Técnico Superior en Diseño en Fabricación Mecánica en Grado Superior).

— Agraria (Técnico en Jardinería y Floristería en Grado Medio y Técnico Superior en Paisajismo y Medio Rural en Grado Superior) o Energía y Agua (todas Ramas).

O bien, en su caso, poseer la siguiente experiencia profesional sustitutoria:

— Para el turno libre: tres años de experiencia profesional en la misma categoría o similar o dos años de experiencia en la misma categoría o similar más la titulación de FP I o Formación Profesional de Grado Medio.

— Para el turno de promoción interna: tres años de experiencia profesional en la categoría que se ostenta en el mismo grupo o en el grupo inmediatamente inferior al que se pretende acceder, o un año de experiencia en la misma categoría.

En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia conforme a la normativa que resulte de aplicación a tal efecto”.

Debe decir:

“a) Estar en posesión o en condiciones de obtener, en la fecha de finalización del plazo para la presentación de solicitudes, el título de FP II o de Formación Profesional de Grado Superior de alguna de las siguientes familias y ramas:

— Edificación y Obra Civil, Técnico Superior en Organización y Control Obras Construcción.

— Electricidad y Electrónica, Técnico Superior en Automatización y Robótica Industrial.

— Instalación y Mantenimiento, Técnico Superior en Mantenimiento de Instalaciones Térmicas y de Fluidos.

— Madera, Mueble y Corcho, Técnico Superior en Diseño y Amueblamiento.

— Fabricación Mecánica, Técnico Superior en Diseño en Fabricación Mecánica.

— Agraria, Técnico Superior en Paisajismo y Medio Rural o

— Energía y Agua, todas las ramas.

O bien, en su caso, poseer la siguiente experiencia profesional sustitutoria y, en cada caso, además, la titulación indicada:

— Para el turno libre: tres años de experiencia profesional en la misma categoría o similar o dos años de experiencia en la misma categoría o similar más la titulación de FP I o Formación Profesional de Grado Medio de las siguientes familias y ramas:

• Edificación y Obra Civil, todas las ramas.

• Electricidad y Electrónica, Técnico Instalaciones Eléctricas y Automáticas.

• Instalación y Mantenimiento, todas las ramas.

• Madera, Mueble y Corcho, Técnico en Carpintería y Mueble y Técnico en Instalación y Amueblamiento.

• Fabricación Mecánica, Técnico en Soldadura y Calderería.

• Agraria, Técnico en Jardinería y Floristería o

• Energía y Agua, todas las ramas.

— Para el turno de promoción interna: tres años de experiencia profesional en la categoría que se ostenta en el mismo grupo o en el grupo inmediatamente inferior al que se pretende acceder, o un año de experiencia en la misma categoría.

En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia conforme a la normativa que resulte de aplicación a tal efecto”.

De acuerdo con lo previsto en la base 3.6 de la citada orden de convocatoria, las personas interesadas dispondrán de un plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente corrección de errores en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de presentar solicitudes de participación en ambos procesos selectivos.

Todas aquellas personas que las hubieran presentado con anterioridad y cumplan los requisitos de titulación establecidos, no tendrán que volver a presentarla.

En todo caso, solo se atenderá la solicitud presentada en último lugar, quedando anuladas las anteriores, no pudiéndose presentar solicitudes complementarias de otra anterior.

Dado en Madrid, a 29 de abril de 2022.—El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 3 de diciembre de 2021; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de diciembre), el Viceconsejero de Hacienda, José Ramón Menéndez Aquino.

(01/9.041/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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