Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 250

Fecha del Boletín 
20-10-2021

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211020-79

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

79
Madrid número 24. Procedimiento 627/2021

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARTA MENARGUEZ SALOMON LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 24 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 627/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. SONIA MANCEBO BARRIOS frente a EULEN SERVICIOS SOCIOSANITARIOS SA, CILSEM y D./Dña. J.PRIETO Y ASOCIEDADOS CONSULTORES Y ASESORES DE E J. PRIETO Y ASOCIADOS CONSULTORES Y ASESORES DE EM sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

“FALLO

“ESTIMO la demanda presentada por Dña. SONIA MANCEBO BARRIOS asistido por la letrada Dña. Manuela Montejo Bombín, contra EULEN SERVICIOS SOCIOSANITARIOS SA, representado y asistido por D. Alberto Francisco Fernández de Blas, CILSEM, que no comparece, LA ADMINISTRACION CONCURSAL de esta compañía Dña. María Teresa Molina Díaz asistida del letrado D. José Prieto López y FOGASA que no comparece y en consecuencia:

CONDENO a CILSEM y a su Administradora Concursal a abonar a D. JUAN JOSE AZNAR GARCIA los intereses del artículo 29.3 del ET respecto de la cantidad ya abonada por el FOGASA de 3.196,18 euros.

Se advierte a las partes que esta sentencia es firme y contra ella no cabe recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.”

Y para que sirva de notificación en legal forma a CILSEM, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintidós de septiembre de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/28.646/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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