Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 152

Fecha del Boletín 
28-06-2021

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210628-49

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARGANDA DEL REY

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Arganda del Rey. Régimen económico. Ordenanza ocupación dominio público terrazas

Se hace saber que por el Pleno Municipal del Ayuntamiento de Arganda del Rey, en sesión celebrada el 3 de febrero de 2021, se aprobó el siguiente acuerdo:

«Primero.—Modificar la ordenanza municipal reguladora de la ocupación y uso del dominio público con terrazas de mesas, veladores y elementos auxiliares, aprobada por acuerdo del Pleno municipal de 1 de marzo de 2017, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 112, el 12 de mayo de 2017, quedando redactado redactada la disposición transitoria única con el siguiente tenor literal:

“Como medida de fomento de la actividad, para paliar, en la medida de lo posible, el grave problema económico y social que está generando la crisis sanitaria del COVID— 19, se amplía por cuatro años más desde la fecha de su finalización el período de adaptación establecido en esta ordenanza, de forma excepcional, para aquellas instalaciones de toldos tipo pérgola que estén formados por soportes verticales (o pilarcillos) apoyados en el pavimento y por otros soportes horizontales o casi horizontales que tengan sus apoyos entre la fachada del edificio y los pilarcillos referidos anteriormente, no pudiéndose durante este período de adaptación, en ningún caso, efectuar cerramiento vertical alguno, sea del tipo que sea, plazo que termina el 12 de mayo de 2025.

Esta medida excepcional no legalizará en ningún caso aquellas instalaciones que se hayan realizado fuera de norma o legalidad, ni con anterioridad ni posteriormente a la fecha de aprobación de la ordenanza”»

Transcurrido el plazo legalmente establecido desde la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 53, de 4 de marzo de 2021, tablón de anuncios y página web del citado Ayuntamiento, sin que se hayan presentado reclamaciones o sugerencias al texto de la modificación, textualmente reseñada en el punto anterior, y, de conformidad con lo expuesto en el Pleno Municipal de 3 de febrero de 2021, en aras del principio de economía procesal y eficacia administrativa, la modificación indicada se considera a los efectos jurídicos, definitivamente aprobada.

Contra la modificación de la ordenanza indicada, los interesados pueden interponer recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, desde la presente publicación.

Arganda del Rey, a 31 de mayo de 2021.—El concejal delegado de Modelo de Ciudad, Medio Ambiente, Obras Públicas y Salud Pública, Jorge Canto López.

(03/21.132/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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