Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 233

Fecha del Boletín 
25-09-2020

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200925-67

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS VALLE NORTE DEL LOZOYA

RÉGIMEN ECONÓMICO

67
Mancomunidad de Servicios Valle Norte del Lozoya. Régimen económico. Ordenanza servicio de transporte

En la Secretaría de esta Mancomunidad, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, y del acuerdo de la Junta de la Mancomunidad, de fecha 18 de septiembre de 2020, por el que se acordó la aprobación provisional de la ordenanza reguladora del servicio de transporte a la demanda de la Mancomunidad de Servicios del Valle Norte del Lozoya, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas en el Registro General de la Mancomunidad.

Finalizado el período de exposición pública se adoptará el acuerdo definitivo que proceda en caso de presentación de reclamaciones, o bien se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo provisional si no se presentasen, cuyo texto íntegro se hará público para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

En Buitrago del Lozoya, a 24 de septiembre de 2020.—El presidente, Ángel Martínez Herrero.

(03/23.863/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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