Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 182

Fecha del Boletín 
29-07-2020

Sección 1.3.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200729-25

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD

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ORDEN de 12 de junio de 2020, de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones relativo a la concesión directa de ayudas para implantación de sistemas voluntarios de gestión en PYMES de la Comunidad de Madrid.

La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, establece en su artículo 4.bis que los órganos competentes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo deberán concretar en un Plan Estratégico los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

La Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, mediante el Plan Estratégico de Subvenciones relativo a la concesión directa de ayudas para la implantación de sistemas voluntarios de gestión en PYMES de la Comunidad de Madrid, pretende contribuir a la mejora y seguridad del parque empresarial y a la modernización y desarrollo de la actividad productiva.

En uso de las atribuciones que me confieren las disposiciones legales vigentes,

DISPONGO

Aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones relativo a la concesión directa de ayudas para la implantación de sistemas voluntarios de gestión en PYMES de la Comunidad de Madrid, que se acompaña como Anexo a la presente Orden.

Madrid, a 12 de junio de 2020.

El Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, MANUEL GIMÉNEZ RASERO

ANEXO

La Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, en el ámbito de sus competencias, considera necesario poner en marcha un nuevo programa de ayudas dirigido a las pequeñas y medianas empresas (PYMES) de la región con el fin de impulsar la implantación de sistemas voluntarios de gestión integrados en el ámbito empresarial, apoyando así las iniciativas que permitan a las empresas modernizar, innovar y mejorar sus procesos de negocio y estructuras empresariales.

Los sistemas de gestión relacionados con la seguridad y salud en el trabajo; la calidad; el uso de la energía; la sostenibilidad; la seguridad de la información, etc., son herramientas que van a permitir a las empresas incrementar su competitividad y poder afrontar los retos del mercado actual, favoreciendo con ello la economía de la Comunidad de Madrid.

La actividad de las PYMES, constituye un pilar fundamental de nuestra economía, y es tarea de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad su impulso en distintos ámbitos, de forma que nuestras empresas puedan mantener e impulsar su competitividad.

A través de estas ayudas, y de su aplicación en múltiples actividades (de industrias mineras; mineralúrgicas de concentración o transformación; metalúrgicas extractivas; aplicaciones ferroviarias; de industrias aeronáuticas; de distribuidores de aviación, espacio y defensa; etc.), se promueve además el desarrollo de nuestro sector industrial.

Por ello, se ha considerado conveniente gestionar un programa de ayudas mediante concesión directa para fomentar estas actuaciones que inciden directamente en la mejora de la competitividad de las PYMES madrileñas y, por tanto, en el desarrollo económico de la Comunidad de Madrid.

1. Ámbito normativo competencial

El Plan Estratégico de Subvenciones relativo a la concesión directa de ayudas la implantación de sistemas voluntarios de gestión en PYME de la Comunidad de Madrid tiene como referencia las siguientes normas:

— El Decreto 52/2019, de 19 de agosto, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.

— El Decreto 73/2019, de 27 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.

— El Decreto 287/2019, de 12 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad.

2. Objetivos

Los objetivos que se plantean con este programa de ayudas para la implantación de sistemas voluntarios de gestión en PYME de la Comunidad de Madrid son los siguientes:

— Contribuir a la mejora y seguridad del parque empresarial de la Comunidad de Madrid.

— Contribuir a la modernización y al desarrollo de la actividad productiva de la Comunidad de Madrid.

— Mejora de la competitividad de las PYME de la Comunidad de Madrid.

— Mejora de la eficiencia energética de las PYME no industriales de la Comunidad de Madrid.

— Mejora de la seguridad y salud en el trabajo de las PYME que lleven a cabo actividades mineras.

— Promover mejoras continuas del comportamiento medioambiental de las PYMES industriales de la Comunidad de Madrid.

3. Costes presupuestarios y acciones subvencionables

Los costes presupuestarios para el ejercicio 2020 se cuantifican en 100.000 euros. Para los ejercicios 2021, 2022 y 2023 se establecerá una dotación máxima de 3.000.000 de euros para cada uno de los ejercicios.

1. Se considera como actividades susceptibles de obtener una ayuda los gastos relacionados con la implantación de los siguientes sistemas de gestión para toda la actividad del emplazamiento:

a) Sistema de gestión de calidad certificado conforme a la norma UNE-EN ISO 9001.

b) Sistema de gestión ambiental certificado conforme a la norma UNE-EN ISO 14001.

c) Sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS).

d) Sistema de gestión Energética certificado conforme a la norma UNE-EN ISO 50001.

e) Sistema de gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo certificado conforme a la norma ISO-45001.

f) Sistema de gestión de la Calidad. Requisitos para las organizaciones de aviación, espaciales y de defensa certificado conforme a la norma UNE-EN 9100.

g) Sistema de gestión de la Calidad. Requisitos para las organizaciones de mantenimiento de la industria aeronáutica certificado conforme a la norma UNE-EN 9110.

h) Sistema de gestión de la Calidad. Material aeroespacial. Requisitos para los distribuidores de aviación, espacio y defensa certificado conforme a la norma UNE-EN 9120.

i) Sistema de gestión de la calidad. Requisitos del sistema de gestión de la calidad para organizaciones ferroviarias: ISO 9001:2015 y requisitos particulares de aplicación en el sector ferroviario certificado conforme a la norma UNE-ISO/TS 22163.

j) Aplicaciones ferroviarias. Soldeo de vehículos y de componentes ferroviarios. Parte 2: Requisitos de calidad y certificación del fabricante de soldeo certificado conforme a la norma UNE-EN 15085-2.

k) Sistema de gestión minero-mineralúrgica-metalúrgica sostenible certificado conforme a la norma UNE 22480.

l) Sistema de gestión de la seguridad de la información certificado conforme a la norma UNE-EN ISO/IEC 27001.

m) Sistema de gestión de la inocuidad de los alimentos. Requisitos para cualquier organización en la cadena alimentaria certificado conforme a la norma UNE-EN ISO 22000.

4. Financiación

El programa de ayudas se financiará con cargo al subconcepto 79000 “Modernización, dinamización y difusión tecnológica” del Programa 422B “Industria” correspondiente a la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.

5. Plan de Acción

Se trata de un programa de subvenciones de concesión directa sobre los gastos que resulten subvencionables hasta el agotamiento de los fondos que se declaren disponibles por Orden de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, conforme a lo dispuesto en el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid.

La cuantía de la ayuda concedida será con carácter general de 30 por 100 de la inversión subvencionable.

Este porcentaje se incrementará en 10 puntos porcentuales para empresas beneficiarias dependientes de fundaciones sin ánimo de lucro, de centros especiales de empleo o de entes y fundaciones del sector público y, asimismo, se incrementará en 10 puntos porcentuales para empresas beneficiarias cuyo establecimiento productivo se encuentre situado en municipios de menos de 2.500 habitantes, según las cifras de población del Instituto Nacional de Estadística resultantes de la última revisión del Padrón Municipal en el momento en que se presente la solicitud de la ayuda.

El límite máximo de la ayuda será de 10.000 euros por sistema de gestión y 10.000 euros por beneficiario y ejercicio presupuestario.

6. Indicadores

A efectos de llevar a cabo un seguimiento de la consecución de los objetivos fijados se atenderá a los siguientes indicadores:

— Número de solicitudes atendidas: se considerará el número de solicitudes que hayan obtenido la correspondiente ayuda a efectos de conocer el número de PYME certificadas.

— Grado de ejecución del presupuesto destinado al desarrollo del Plan.

— Identificación de las actuaciones acometidas por las PYMES según lo indicado en las correspondientes memorias descriptivas aportadas.

Estos indicadores permitirán determinar el éxito de este programa de ayudas, así como, en caso de que fuere necesario, posibles desarrollos futuros del mismo destinados a la mejora del parque empresarial y a la modernización y desarrollo de la actividad productiva de la Comunidad de Madrid, introduciendo las modificaciones que se estimen necesarias para incrementar su eficiencia, a la vista de los resultados obtenidos.

(03/17.275/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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