Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 180

Fecha del Boletín 
27-07-2020

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200727-68

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 73

68
Madrid número 73. Procedimiento 594/2017

EDICTO

Doña María Ángeles Muñoz Rodríguez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 73 de Madrid.

Hace saber: Que en este órgano judicial se tramita el procedimiento juicio verbal número 594/2017, en el que se ha dictado sentencia, de 22 de enero de 2020.

Parte demandante: comunidad de propietarios calle Caramuel, número 31, Madrid.

Parte demandada: doña Rosa María Moreno Díaz, don Eleuterio Moreno Contreras, doña María de los Ángeles Moreno Contreras y doña Aurora Moreno Contreras.

Y, conforme a los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), para que sirva de notificación en forma a la parte demandada, doña María de los Ángeles Moreno Contreras y doña Aurora Moreno Contreras, cuyo domicilio o residencia se desconoce, expido y firmo el presente edicto, que será publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

La resolución que se notifica está a disposición de las personas interesadas en este órgano judicial.

Este edicto cumple los criterios de protección de datos de carácter personal en el ámbito de la Administración de Justicia establecidos en los artículos 236 bis y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), y la instrucción 6/2012 de la Secretaría General de la Administración de Justicia relativa a la publicación de edictos y boletines oficiales, y la protección de datos.

Y para que sirva de notificación a los demandados, en paradero desconocido, expido y libro el presente en Madrid, a 18 de febrero de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/17.072/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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