Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 166

Fecha del Boletín 
10-07-2020

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200710-58

Páginas: 11


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

OFERTAS DE EMPLEO

58
Fuenlabrada. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada en fecha 5 de junio de 2020, acordó:

1.o Aprobar la convocatoria de las siguientes plazas, correspondientes a la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Fuenlabrada para el ejercicio 2019:

2.o Aprobar las bases de la convocatoria para proveer dichas plazas que se acompañan como Anexos, que se regirán en lo no expresamente previsto en ellas por las bases generales aprobadas en Junta de Gobierno Local de fecha 31 de enero de 2014, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 47 de 25 de febrero de 2014.

3.o Ordenar la publicación del presente acuerdo así como el contenido de las bases en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA PROVEER TRES PLAZAS DE FUNCIONARIO/A DE CARRERA, BOMBERO/A CONDUCTOR/A CORRESPONDIENTE A LA OEP DEL AÑO 2019, TURNO LIBRE

1. Objeto de la convocatoria

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión de tres plazas de Bombero/a Conductor/a del Cuerpo de Extinción de Incendios del Ayuntamiento de Fuenlabrada incluida en la plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento, Grupo C; Subgrupo C1, Nivel de Complemento de Destino 16, Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Extinción de Incendios, Categoría de Bombero/a-conductor/a, correspondiente a la Oferta de Empleo Público del año 2019, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 306 de 26 de diciembre de 2019.

Las retribuciones brutas anuales serán las establecidas en la legislación, la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Fuenlabrada y en los Acuerdos Colectivos en vigor.

1.2. La cobertura se realizará en turno libre y el sistema selectivo será el de oposición libre, curso selectivo de formación y un período de adaptación al servicio de duración no superior a tres meses.

2. Normas aplicables

La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en las presentes bases específicas, y por las bases generales para los procedimientos selectivos de provisión de las plazas de funcionario de carrera incluidas en la oferta de empleo público del Ayuntamiento de Fuenlabrada aprobadas por Junta de Gobierno Local de fecha 31 de enero de 2014, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 47 de 25 de febrero de 2014.

3. Requisitos específicos de las personas aspirantes

Sin perjuicio del cumplimiento de los requisitos generales previstos en la base 2.a de las bases generales para los procedimientos selectivos de provisión de las plazas incluidas en la oferta de empleo público del Ayuntamiento de Fuenlabrada en los términos expresados en la base anterior y el artículo 56 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, las personas aspirantes deberán cumplir con los siguientes requisitos específicos:

a) Estar en posesión del título de bachillerato o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

b) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.

c) Disponer de las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realización de los ejercicios físicos que figuran en el correspondiente Anexo. Este requisito se acreditará previamente a la realización de dichas pruebas mediante la presentación de un certificado médico extendido en un impreso oficial y firmado por un colegiado en ejercicio, en el que se haga constar expresamente que la persona aspirante reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realización de los ejercicios físicos que figuran en el correspondiente Anexo. En todo caso, este certificado médico no excluirá en absoluto, las comprobaciones posteriores que integran la prueba de reconocimiento médico descrita en estas Bases.

d) Estar en posesión del permiso de conducir de la clase B o equivalente, y de la clase C.

e) Haber abonado la cantidad dispuesta en concepto de derecho de examen, según la ordenanza fiscal de tasas del Ayuntamiento de Fuenlabrada vigente el día de la convocatoria. Las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100 estarán bonificadas con el 50 por 100 de la cuantía de la tasa. El pago de dicha cantidad se realizará en la forma establecida en la base 3.3 de las bases generales para los procedimientos selectivos de provisión de las plazas de funcionario de carrera incluidas en la oferta de empleo público del Ayuntamiento de Fuenlabrada aprobadas por Junta de Gobierno Local de fecha 31 de enero de 2014, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 47 de 25 de febrero de 2014.

Todos los requisitos establecidos anteriormente deberán ser reunidos por la persona aspirante el día que finalice el plazo de presentación de instancias de la correspondiente convocatoria.

4. Solicitudes

Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se dirigirán a la Alcaldía-Presidencia de esta Corporación, y se presentarán de forma electrónica en la sede municipal www.ayto-fuenlabrada.es en la forma y plazos establecida en la base 3.a de las Bases Generales para los Procesos Selectivos de Funcionarios de Carrera del Ayuntamiento de Fuenlabrada, publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 47 de 25 de febrero de 2014.

Para ser admitido/a y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes, las personas aspirantes deberán manifestar mediante declaración responsable en la instancia solicitando tomar parte en el proceso selectivo:

a) Que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas tal y como se establece en la base anterior.

b) Su aceptación expresa para someterse a las pruebas médicas que sean necesarias para acreditar la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y funciones del puesto.

c) Su compromiso de aportar la documentación acreditativa de cualquiera de los requisitos o méritos alegados cuando le sean requeridos por la administración en el plazo máximo de diez días desde el requerimiento.

De acuerdo con la base 14 de las Bases para los Procesos Selectivos de Funcionarios de Carrera del Ayuntamiento de Fuenlabrada, publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 47 de 25 de febrero de 2014, la Administración podrá requerir en cualquier momento del procedimiento a cualquiera de las personas aspirantes la documentación acreditativa de los requisitos para su participación en el proceso selectivo, o de los méritos alegados. La persona aspirante deberá aportar dicha documentación en el plazo máximo de diez días desde la notificación del requerimiento.

La falta de presentación de la documentación en el plazo señalado, o la imposibilidad de acreditar los requisitos o méritos alegados determinará, según el caso, la exclusión del procedimiento selectivo o la subsanación de errores en la valoración de los méritos para adecuarla a los méritos finalmente acreditados.

5. Órgano de selección

5.1. Composición: El Tribunal del proceso selectivo estará formado por un/a presidente/a, un/a secretario/a y tres vocales. Todas las personas miembros del Tribunal actuarán con voz y voto. La designación de las personas miembros del tribunal incluirá la de sus respectivos suplentes. La designación de sus miembros será predominantemente técnica y los/as vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.

5.2. Asistencia técnica: El órgano de selección podrá actuar asistido de asesores/as técnicos/as con voz pero sin voto.

5.3. Participación sindical: Actuarán como observadores/as, con voz pero sin voto, un/a representante por cada una de las secciones sindicales con representación en la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Fuenlabrada y sus Organismos Autónomos.

6. Procedimiento de selección

El procedimiento de selección constará de las siguientes fases de carácter sucesivo y eliminatorio:

— Oposición.

— Curso Selectivo de Formación.

— Período de prácticas

7. Desarrollo de la fase de oposición

Las pruebas a superar, en la fase de oposición, serán las siguientes, todas y cada una de ellas eliminatorias:

I. Prueba psicotécnica orientada a comprobar que las aptitudes y rasgos de personalidad de las personas aspirantes son los más adecuados para la función a desempeñar.

El tiempo máximo para la realización de esta prueba lo determinará el Tribunal.

II. Prueba física, que implicará la superación de todas y cada una de las pruebas señaladas en el Anexo II de las presentes Bases, con arreglo a las marcas mínimas reflejadas en el mismo y que serán las siguientes:

— Carrera de velocidad sobre 100 metros.

— Parapeto.

— Press de banca.

— Trepa de cuerda lisa.

— Dominadas en escala.

— Carrera de resistencia sobre 1.000 metros.

— Natación 50 metros

Previo acuerdo del Tribunal, se podrá realizar el pertinente control antidopaje a cualquiera de las personas aspirantes.

Con anterioridad a la realización de las pruebas físicas las personas aspirantes deberán presentar al Tribunal el Certificado Médico extendido en impreso oficial y firmado por un colegiado en ejercicio al que se refiere el apartado C de la Base 32 “Requisitos de las personas Aspirantes”.

III. Prueba de conocimiento. Se realizarán los siguientes ejercicios, todos ellos sucesivos y eliminatorios:

a) Ejercicio teórico: desarrollo por escrito de un test de un máximo de cien preguntas con tres respuestas alternativas relacionadas con las materias del programa, según el Anexo I de las presentes bases.

b) Ejercicio práctico escrito: resolución por escrito de un supuesto práctico planteado por el Tribunal, relacionado con aquellas materias y cuestiones que son propias de la actividad profesional del Servicio de Extinción de Incendios.

c) Ejercicio de conocimiento del callejero: resolución por escrito de una prueba de conocimiento del callejero de la localidad de Fuenlabrada, consistente en la realización por escrito de un test de 20 preguntas con tres respuestas alternativas relacionadas con la realización de itinerarios de circulación a pie o en vehículo comprendidos dentro del término municipal de Fuenlabrada, a cumplimentar dentro del tiempo que designe el tribunal, u en todo caso, en un tiempo máximo 30 minutos.

IV. Prueba práctica de conducción profesional. Consistente en la ejecución de un itinerario previamente fijado por el Tribunal, recorrido que se realizará en un vehículo profesional del Servicio de Extinción de Incendios de este Ayuntamiento y en el que la persona aspirante pondrá de manifiesto sus conocimientos en la conducción profesional.

V. Reconocimiento médico. Con sujeción a un cuadro de exclusiones, detallado en el Anexo IV, que garantizará la idoneidad de la persona opositora para la función a desempeñar.

8. Calificación de la fase de oposición

8.1. Las diferentes pruebas de la fase de oposición serán calificadas de la siguiente forma:

a) Pruebas psicotécnicas: la calificación será de “apto” o “no apto”.

b) Pruebas físicas: La puntuación máxima de este apartado será de diez puntos. Se calificarán cada una de las pruebas que la componen de cero a diez puntos, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos en cada uno de los diferentes ejercicios que se deban celebrar, para superarlos y poder pasar a la realización del siguiente, salvo en la prueba de parapeto, cuya calificación será la de “apto/a” o no “apto/a”, siendo preciso obtener la calificación de “apto/a” para poder pasar a la realización de la siguiente prueba o continuar en el procedimiento. La nota final se obtendrá con la media aritmética correspondiente al conjunto de los ejercicios. La puntuación de cinco puntos será equivalente a la marca mínima establecida en cada una de las pruebas.

c) Prueba de conocimiento: se calificará cada uno de los ejercicios que la componen de cero a diez puntos cada uno, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos en cada uno para poder pasar a realizar el siguiente, al tener carácter eliminatorio entre si. En el test del primer ejercicio teórico cada pregunta contestada incorrectamente restará a la puntuación final el 50 por 100 del valor de una pregunta acertada. La calificación final de las pruebas de conocimiento será la resultante de aplicar la siguiente fórmula.

(Puntos e. teórico × 0,44) + (Puntos p. práctica × 0,28) + (Puntos callejero × 0,28)

d) Prueba práctica de conducción profesional: la calificación será de “apto” o “no apto”.

e) Reconocimiento médico: la calificación será de “apto” o “no apto”.

8.2. Para la valoración y calificación de la prueba psicotécnica, física y de reconocimiento médico, se requerirán de los servicios de personal especializado, que emitirá, con arreglo a las condiciones de la convocatoria, su informe, a la vista del cual el Tribunal resolverá.

8.3. La calificación definitiva de la fase de oposición será la resultante de aplicar la siguiente fórmula:

(Puntuación pruebas físicas × 0,3) + (Puntuación total prueba conocimientos × 0,7)

El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la obtención de dichas calificaciones, con el sistema de valoración que acuerde en cada ejercicio.

8.4. El orden de colocación de las personas aspirantes en la lista de aprobados se establecerá de mayor a menor puntuación, no pudiendo el Tribunal proponer, como “bombero/a conductor/a del Cuerpo de Extinción de Incendios de Fuenlabrada en Prácticas”, un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.

9. Nombramiento de “bombero/a conductor/a del Cuerpo de Extinción de Incendios de Fuenlabrada en Prácticas”

9.1. Publicada la relación de aprobados en la fase de oposición, se procederá al nombramiento de “bombero/a conductor/a del Cuerpo de Extinción de Incendios de Fuenlabrada en Prácticas”.

9.2. A las personas aspirantes que resulten nombrados “bombero/a conductor/a del Cuerpo de Extinción de Incendios de Fuenlabrada en Prácticas” se les comunicará la fecha en que se iniciará el Curso Selectivo de Formación y el lugar de impartición del mismo. En caso de no incorporarse en la fecha indicada, se les considerará decaídos en su derecho. En el período que dure el Curso Selectivo de Formación, la sede del mismo será considerada, a todos los efectos, como el lugar de desempeño de la actividad profesional de las personas aspirantes. Asimismo, la jornada lectiva establecida será computada, a todos los efectos, como parte de la jornada laboral anual establecida por el Acuerdo Colectivo en vigor.

9.3. Los nombrados percibirán, desde su nombramiento como “bombero/a conductor/a del Cuerpo de Extinción de Incendios de Fuenlabrada en Prácticas”, las retribuciones establecidas por la legislación y el Acuerdo Colectivo en vigor.

10. Curso selectivo de formación

10.1. Será requisito indispensable superar un Curso Selectivo de Formación organizado por la dirección del Servicio de Extinción de incendios de Fuenlabrada cuya duración no será inferior a dos semanas ni superior a 90 días.

10.2. El curso selectivo de formación se calificará de 0 a 10 puntos, a la vista del informe del responsable o director del curso, siendo eliminados las personas aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos

10.3. De no superar el Curso Selectivo de Formación, las personas aspirantes no podrán tener acceso al período de prácticas.

11. Período de prácticas

Será requisito indispensable realizar de forma efectiva y superar el período de prácticas en el Servicio de Extinción de Incendios de Fuenlabrada con una duración de un mes. De no superar el período de prácticas, la persona aspirante no podrá tener acceso al nombramiento definitivo como Bombero/a Conductor/a del Servicio de Extinción de Incendios.

Dicho período de prácticas será supervisado por un miembro Técnico del Tribunal de Selección o quien el Tribunal designe, que tutelará periódicamente el desempeño del trabajo realizado. Dicha tutela podrá realizarse a través de reuniones periódicas, rendición de cuentas, elaboración de informes, etc.

El período de prácticas será valorado por el Tribunal como “apto” o “no apto” a la vista del informe que elabore el tutor designado por el Tribunal. De no superar el período de prácticas, las personas aspirantes no podrán tener acceso al nombramiento como funcionarios de carrera.

12. Calificación definitiva del proceso de selección

La calificación definitiva de las personas aspirantes vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en la fase de oposición, en el Curso Selectivo de Formación y Período de Prácticas.

13. Presentación de documentos

Las personas aspirantes propuestas deberán presentar en el Registro General del Ayuntamiento en el plazo de veinte días naturales, a contar desde el siguiente en que se hiciese pública la lista definitiva de aprobados la documentación exigida en la base 14 de las Bases Generales para los Procesos Selectivos de Funcionarios de Carrera del Ayuntamiento de Fuenlabrada, publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 47de fecha 25 de febrero de 2014, así como la que acredite los méritos específicos exigidos en la presente convocatoria.

14. Incidencias

El órgano de selección estará facultado para resolver las dudas e incidencias que se presenten, así como para adoptar los acuerdos necesarios para el buen desenvolvimiento del proceso selectivo en todo aquello no previsto en las presentes bases, teniendo como referencia lo dispuesto en las Bases Generales para los procedimientos selectivos de provisión de las plazas de funcionario de carrera incluidas en la oferta de empleo público del Ayuntamiento de Fuenlabrada.

ANEXO I

TEMARIO PRUEBA DE CONOCIMIENTOS

Parte general

1. Constitución Española de 1978. Estructura y contenido. Título Preliminar.

2. Constitución Española de 1978. Título I: Derechos y deberes fundamentales.

3. Constitución Española de 1978. Título II: La Corona.

4. Constitución Española de 1978. Título III: Las Cortes Generales.

5. Organización Territorial del Estado. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid.

6. Administración Pública: concepto y clases. Especial referencia a la Administración Local.

7. Órganos de Gobierno Municipal: El alcalde, el Pleno, la Comisión de Gobierno.

8. La Organización de los Municipios de Gran Población. Ámbito de aplicación. Órganos de Gobierno.

9. El Procedimiento Administrativo: concepto, naturaleza y principios generales. Fases del procedimiento. Los Recursos administrativos.

10. Unión Europea. Formación y objetivos. Principales instituciones. Las fuentes del Derecho Comunitario.

11. Igualdad de género. Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Reglamentación técnica

12. Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil.

13. Decreto 85/1992, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Plan Territorial de Protección Civil de la Comunidad de Madrid (PLATERCAM).

14. Decreto 59/2017, de 6 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan Especial de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales en la Comunidad de Madrid (INFOMA).

15. Decreto Legislativo 1/2006, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley por la que se regulan los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos de la Comunidad de Madrid.

16. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Capítulos del I al IV.

17. Código Técnico de la Edificación. Documento Básico de Seguridad en caso de incendio. (DB-SI): SI-5 Intervención de Bomberos.

18. Sustancias Peligrosas. Categorías. Identificación. Normativa nacional e internacional sobre el transporte de mercancías peligrosas por carretera y ferrocarril. ADR, Sistemas de identificación de productos peligrosos: señalización de vehículos y contenedores. Fichas y documentos. Tipos y forma de recientes. Código de Colores. Etiquetado de envases.

Ciencias y técnicas aplicadas

19. Electricidad básica: Corriente eléctrica. Tensión, intensidad, resistencia y potencia eléctrica. Ley de Ohm. Corriente continua y corriente alterna. Sistemas monofásicos y trifásicos. Aparatos de maniobra y seguridad.

20. Hidrostática e hidrodinámica. Generalidades. Nociones básicas. Bombas centrífugas. Descripción, características y funcionamiento.

21. Mecánica del automóvil. Motores de combustión interna y motores de explosión. Alimentación. Encendido. Distribución. Lubricación.

22. Mecánica del automóvil. Motores de combustión interna y motores de explosión. Refrigeración. Transmisión. Suspensión. Dirección. Frenos. Ruedas y neumáticos. Sistema de seguridad pasiva.

23. Sistemas de radio. Fundamentos. Servicio de radiocomunicaciones móviles. Tipos de redes.

Tecnología del fuego

24. Química de la combustión. Naturaleza del fuego. Clasificación de los fuegos.

25. Mecanismos de extinción. Agentes extintores. Definición, clasificación y características de aplicación.

26. Calor y temperatura. Formas de transmisión del calor. Concepto de conductividad y dilatación. Escalas termométricas.

27. Explosiones, detonaciones y deflagraciones. Evolución y transmisión de los incendios en recintos confinados. Flashover y backdraft.

28. Incendios forestales: causas y tipos, evaluación del riesgo, propagación y evolución, tácticas de extinción.

Construcción e instalaciones

29. Composición constructiva de un edificio.

30. Instalaciones generales de un edificio. Red de Saneamiento. Red de agua. Red de gas. Red de electricidad.

31. Patología de la edificación. Lesiones principales y sus manifestaciones. Apeos, apuntalamientos y entibaciones: definiciones y descripción de sus elementos.

Temas específicos

32. Equipo de respiración autónoma.

33. Equipo Individual de Bombero.

34. Trajes de protección química y biológica: seis “tipos” con marcado CE.

35. Mangajes. Racores y conexiones. Lanzas. Hidrantes. Columnas secas.

36. Tipos de Vehículos de intervención de Bomberos.

37. Ventilación: objetivos, ventilación natural, ventilación forzada (ventilación por presión negativa. Extracción. Ventilación por presión positiva).

38. Anatomía y fisiología humana. Sistema respiratorio, cardiocirculatorio y locomotor.

39. Primeros auxilios. Socorrismo. Normas generales de actuación ante un accidente. PCR y RCP.

40. Heridas y hemorragias humanas, clasificación y comportamiento. Quemaduras: clasificación, manejo y complicaciones. Fracturas y luxaciones: clasificación, manejo. Traumatismo y politraumatismo.

41. El municipio de Fuenlabrada: conocimiento de la red de carreteras que atraviesan el término municipal, así como el callejero de la ciudad y la Red de MetroSur y Cercanías.

ANEXO II

PRUEBAS FÍSICAS

Estos ejercicios se realizarán en el orden que establezca el tribunal, que será comunicado a las personas aspirantes con al menos 48 horas de antelación a la celebración de las pruebas, y cada uno es eliminatorio para pasar a realizar el siguiente.

a) Descripción de los ejercicios

1. Parapeto

Finalidad: Comprobar la destreza de las personas aspirantes en relación a su capacidad para superar un obstáculo en altura.

Descripción: La persona opositora recorrerá una distancia de 6 metros para coger impulso hasta el obstáculo denominado parapeto, consistente en la simulación de un muro pantalla de 2,20 metros de altura, 3 metros de longitud y 0,07 metros de anchura. La persona aspirante deberá en un solo intento alcanzar el borde de la pieza y sobrepasarla, sin poder parar para impulsarse.

Será motivo de eliminación, cuando la persona aspirante interrumpa la continuidad de la prueba, parándose para impulsarse así como no sobrepasar el obstáculo.

Posición inicial: Parado de pie.

Intentos: Un sólo intento.

2. Press de banca

Finalidad: Extensiones (codo) para medir la potencia de los músculos pectorales.

Descripción: Sobre el banco en decúbito supino, agarre dígito palmar un poco más abierta de la anchura de los hombros sobre la barra.

Posición inicial: Flexión hombros (90o ). Extensión del codo.

Posición final: Abducción músculos flexores del codo. Se contarán el número de extensiones o empujes efectuados con una resistencia de 45 kilogramos en treinta segundos a los varones y 36 kilogramos y mismo tiempo a las mujeres realizándose para ambos, como mínimo, 25 repeticiones. Hay que tener presente que las extensiones del codo deben ser completas (máxima amplitud dependiendo del sujeto) y cuando se efectúe la flexión del codo, la barra debe tocar el pecho. Sin estas dos premisas, no se considerarán como válidas las ejecuciones.

Intentos: Un solo intento.

Observaciones: La persona aspirante tendrá que realizar la prueba en manga corta.

3. Trepa de cuerda lisa

Finalidad: Mide la potencia del tren superior.

Descripción: Trepa por una cuerda lisa de 6,50 metros los varones y 5,20 metros las mujeres, sin apoyo de piernas, partiéndose desde la posición de sentado. A la voz de “ya” la persona aspirante, iniciará la trepa a tocar con la mano la campana situada a la altura fijada. Tiempo máximo de ejecución, nueve segundos.

La prueba se realizará con la misma cuerda para todas las personas aspirantes, tanto para hombres como para mujeres, sin perjuicio de la adaptación que proceda respecto de la altura a la que se coloque la campana de mano que determina la longitud a trepar.

Invalidaciones:

— Cuando la persona ejecutante no alcance la altura marcada.

— Cuando se ayude con presa de pies.

— Cuando se sujete con las piernas en la cuerda al tocar la campana con la mano.

— Cuando se ayude con los pies al levantarse desde la posición de sentado

Intentos: Un sólo intento.

4. Dominadas en escala

Finalidad: Flexiones de codo para medir la potencia de los músculos dorsales.

Descripción: Suspendido en el borde lateral de la escala con agarre dígito palmar hacia el frente a la altura de los hombros, la posición inicial flexión hombros 180o extensión del codo y posición final abducción de hombros, flexión del codo posición de referencia, realizar el mínimo de extensiones determinado en el tiempo máximo determinado.

Ejecución: Se contarán el número de esfuerzos en flexión o número de veces que pase la barbilla sobre el borde lateral de la escala en su parte superior realizando un mínimo de quince repeticiones en sesenta segundos en el caso de los varones, y de doce repeticiones en sesenta segundos en el caso de las mujeres.

No se iniciará ninguna flexión hasta que el juez dé la indicación con la voz de “ya”, acompañada de una señal con sus manos en las caderas de la persona opositora.

Invalidaciones: Son causas de invalidación de la prueba

— Que no se inicien con la extensión total de los brazos, como en posición de arrancada.

— Que la barbilla no sobrepase el plano horizontal que forman los dos largueros de la parte superior de la escala

— Que se inicie sin respetar la indicación ni orden del juez.

Intentos: En un solo intento.

5. Carrera de 1.000 metros

Finalidad: Resistencia muscular.

Descripción: Recorrer la distancia de 1.000 metros en pista por calle libre, en un tiempo máximo de tres minutos, diez segundos, cero décimas, cero centésimas (3’10’’00) los varones; y tres minutos, cuarenta y seis segundos, cero décimas, cero centésimas (3’46’’00) las mujeres.

Intentos: Un solo intento.

La persona ejecutante se colocará en la pista en el lugar señalado, detrás de la línea de salida, sin sobrepasar ésta a la voz de “a sus puestos”. A la voz de “listos”, inclinará el tronco hacia adelante, inspirando profundamente y reteniendo la respiración, y a la voz de “ya” o disparo o pitido, saldrá a recorrer la distancia marcada por calle libre.

Invalidaciones: De acuerdo con el Reglamento internacional de la IAAF.

6. Carrera de 100 metros

Finalidad: Velocidad pura.

Descripción: Recorrer la distancia de 100 metros lisos en pista y sin salirse de las calles, en un tiempo máximo de trece segundos, treinta décimas, cero centésimas (13”30”’) los varones; y quince segundos, treinta décimas, cero centésimas (15”30”’).

Ejecución: La persona ejecutante a la voz de “a sus puestos”, se colocará en la línea de salida sin sobrepasar ésta. A la voz de “listos”, inclinará el tronco hacia adelante y flexionará la pierna adelantada, los talones no tocan el suelo, se inspira profundamente y se retiene la respiración. A la voz de “ya”, o disparo o pitido, salir impulsando al máximo y elevando las rodillas de la pierna libre. La salida se puede realizar de pie o agachados, sin tacos de salida.

Invalidaciones: Todas aquellas recogidas en el Reglamento Internacional de la IAA.

Intentos: Se efectuará en solo intento.

7. Natación (50 metros estilo libre)

Finalidad: Soltura acuática, natación elemental.

Descripción: La persona ejecutante se situará al borde de la piscina o bien dentro de ella, con una mano agarrada al poyete de salida. A la voz de “ya” o de un pitido de silbato, recorrerá la distancia de 50 metros sin apoyarse en el suelo, ni agarrarse en parte alguna, en un tiempo máximo de cuarenta y cinco segundos, cero décimas, cero centésimas (40”00) los varones; y cincuenta y cuatro segundos, cero décimas, cero centésimas (48”00) las mujeres.

Invalidaciones: Cuando la persona opositora ejecutante apoye los pies en el fondo de la piscina; cuando se agarre a la pared o corchera para descender a tomar aliento.

b) Marcas y calificaciones

Las marcas y calificaciones que regulan la puntuación en los ejercicios de las pruebas físicas serán los siguientes:

ANEXO III

CUADRO DE INUTILIDADES CON RELACIÓN A LA APTITUD FÍSICA PARA EL INGRESO EN EL CUERPO DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS DEL AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA A TRAVÉS DE LA CATEGORÍA DE BOMBERO/A-CONDUCTOR/A

1. Relación peso talla I

El peso máximo admitido se deduce de la siguiente fórmula: P = (T – 100) + 20 II. El peso mínimo admitido se deduce de la siguiente fórmula: P = (T – 100) – 20, donde: P = Peso expresado en kilogramos y T = Talla expresada en centímetros.

2. Exclusiones circunstanciales

Enfermedades o lesiones agudas de solución médica o quirúrgica activas en el momento del reconocimiento, que potencialmente puedan producir secuelas capaces de dificultar, limitar o impedir el desarrollo de las funciones exigidas para el puesto solicitado.

En tales casos, el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas, con las asesorías necesarias, podrá fijar un nuevo plazo para comprobación del estado de la persona aspirante al final del cual la asesoría médica certificará si persiste la situación, si han quedado secuelas o han desaparecido los motivos de exclusión circunstancial.

3. Exclusiones definitivas de carácter general

Enfermedades o alteraciones de cualquier aparato o sistema con posible repercusión sobre realizaciones específicas del puesto a que opta, o que puedan agravarse con el desempeño del mismo.

4. Exclusiones definitivas de carácter específico

I. Ojo y visión:

a) Agudeza visual espontánea remota inferior a 2/3 en ambos ojos, con o sin corrección, según la escala de Wecker.

b) Hemianopsias.

c) Discromatopsias.

d) Desprendimiento de retina. E. Estrabismo.

II. Oído y audición: Agudeza auditiva que suponga una pérdida de 1.000 y 3.000 hercios a 35 decibelios, o de 4.000 hercios a 45 decibelios.

III. Hipertensión arterial, prescindiendo de su causa.

Las cifras de presión arterial tomadas con el sujeto en reposo y sentado no deberán ser superiores a:

— Presión sistólica: 145 mm/Hg.

— Presión diastólica: 90 mm/Hg.

5. Comprobación de datos clínicos

La comprobación de los datos clínicos a que hace referencia este cuadro se hará sólo y exclusivamente en el centro médico y por el Tribunal médico designado al efecto, y sus resultados siempre han de referirse al momento de la exploración.

Fuenlabrada, a 10 de junio de 2020.—El director general de Organización Municipal, Ángel Gil Blázquez.

(02/13.222/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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