Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 306

Fecha del Boletín 
26-12-2019

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191226-173

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18

173
Madrid número 18. Ejecución 216/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. Pilar Ortiz Martínez letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 18 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 216/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. BELEN VIERA GALLEGOS y D./Dña. YORDINA MATOS CUEVAS frente a ANITRICK SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda corregir el error aritmético advertido en AUTO DE EJECUCIÓN de fecha 15-11-2019 y

Donde dice :

“Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de las ejecutantes:

- Dña. YORDINA MATOS CUEVAS por 6.075,65 euros de principal (11.251,52 euros Indemnización, más 3.882,52 euros Salarios de Tramitación, más 940,61 euros Cantidad)”.

Debe decir :

“Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de las ejecutantes:

- Dña. YORDINA MATOS CUEVAS por 6.075,65 euros de principal (1.251,52 euros Indemnización, más 3.883,52 euros Salarios de Tramitación, más 940,61 euros Cantidad)”

Incorpórese esta resolución al libro de autos y llévese testimonio a los autos.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.

Dña. OFELIA RUIZ PONTONES.

EL MAGISTRADO-JUEZ

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ANITRICK SL ANITRICK SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintiuno de noviembre de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/39.605/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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