Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 240

Fecha del Boletín 
09-10-2019

Sección 5.90.1: V. OTROS ANUNCIOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191009-127

Páginas: 1


V. OTROS ANUNCIOS

ARACOVE

127
Aracove. Extracto convocatoria subvenciones

Convocatoria de ayudas LEADER 3/2019 del Grupo de Acción Local ARACOVE en el marco del Programa LEADER 2014-2020.

BDNS (Identif.): 475307

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index, y en la página web de ARACOVE www.aracove.com

Primero. Beneficiarios.—La convocatoria se destinará a beneficiarios que tengan naturaleza pública o privada, y con el máximo de ayuda fijado para cada una de las submedidas de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo de ARACOVE.

Segundo. Objeto.—Ayudas gestionadas por el Grupo de Acción Local ARACOVE destinadas a la ejecución de proyectos en el marco de la medida 19 del PDR de la Comunidad de Madrid 2014-2020 y en la Estrategia de Desarrollo Local Participativo para la Comarca de las Vegas y la Alcarria de Alcalá 2014-2020.

Tercero. Bases reguladoras.—Bases reguladoras de las ayudas LEADER de ARACOVE aprobadas el 30 de agosto de 2018: http://www.aracove.com/docs/EDL/convocatorias14-20/ Bases Reguladoras LEADER 2014-2020 ARACOVE V9.pdf

Cuarto. Cuantía.—El importe total de la convocatoria asciende a 1.141.043,11 euros, siendo la subvención máxima por beneficiario la indicada en cada uno de los tipos de operación convocados.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Cuarenta días hábiles posteriores al día de publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Chinchón, a 1 de octubre de 2019.—El presidente de ARACOVE, David Moya Aguilar.

(03/33.015/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 5.90.1: V. OTROS ANUNCIOS

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