Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 178

Fecha del Boletín 
29-07-2019

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190729-27

Páginas: 5


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARANJUEZ

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

27
Aranjuez. Organización y funcionamiento. Régimen dedicación

Decreto de Alcaldía-Presidencia

Considerando la aprobación plenaria, el día 9 de julio de 2019, de la propuesta de esta Alcaldía-Presidencia sobre el régimen de retribuciones de órganos de gobierno y demás miembros de la Corporación.

Disponiendo el artículo 13.4 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales: “El Pleno corporativo, a propuesta del Presidente, determinará, dentro de la consignación global contenida a tal fin en el Presupuesto, la relación de cargos de la Corporación que podrán desempeñarse en régimen de dedicación exclusiva y, por tanto, con derecho a retribución, así como las cuantías que correspondan a cada uno de ellos en atención a su grado de responsabilidad.

El nombramiento de un miembro de la Corporación para uno de estos cargos solo supondrá la aplicación del régimen de dedicación exclusiva si es aceptado expresamente por aquel, en cuyo caso esta circunstancia será comunicada al Pleno en la siguiente sesión ordinaria”. Y en base a las restantes atribuciones que me confiere la legislación vigente vengo a resolver:

Primero.—Designar a los miembros concretos que han de desempeñar sus cargos en régimen de dedicación exclusiva, con las retribuciones acordadas por el Pleno, siendo estos, los siguientes:

— D.a María José Martínez de la Fuente, alcaldesa-presidenta, con una retribución de 52.141,58 euros anuales y con efectos desde el día 15 de junio de 2019.

— D.a Míriam Picazo Alonso, primera teniente de alcalde, con una retribución de 45.505,42 euros anuales y con efectos desde el día 25 de junio de 2019.

— D.a Nerea Gómez Barrasa, segunda teniente de alcalde, con una retribución de 45.505,42 euros anuales y con efectos desde el día 25 de junio de 2019.

— D. José González Granados, tercer teniente de alcalde, con una retribución de 45.505,42 euros anuales y con efectos desde el día 1 de agosto de 2019.

— D.a María Mercedes Rico Téllez, concejal-delegada de seguridad ciudadana y movilidad, bienestar social, protocolo y relaciones institucionales y asuntos taurinos, con una retribución bruta de 42.187,28 euros anuales y con efectos desde el día 25 de junio de 2019.

— D. Miguel Gómez Herrero, concejal-delegado de empleo y dinamización económica, participación y atención al ciudadano, relaciones con el Cortijo, mujer, mayores y familia, fiestas, desarrollo tecnológico y medios de comunicación con una retribución bruta de 42.187,28 euros anuales y con efectos desde el día 1 de julio de 2019.

— D.a Belén Barcala del Pozo, concejal-delegada de hacienda, personal, patrimonio municipal y régimen interior con una retribución bruta de 42.187,28 euros anuales y con efectos desde el día 11 de julio de 2019.

Segundo.—Darles de alta en el régimen general de la Seguridad Social de conformidad con el artículo 75.1 y 75.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Tercero.—Notificar el presente Decreto a los interesados, publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de forma íntegra el presente Decreto, a los efectos de su general conocimiento, sin perjuicio de su efectividad desde el día de la fecha y de los efectos previstos de forma concreta para cada uno de los interesados.

En Aranjuez, a 10 de julio de 2019.—La alcaldesa-presidenta, María José Martínez de la Fuente.

Decreto de Alcaldía-Presidencia

Considerando la aprobación plenaria, el día 9 de julio de 2019, de la propuesta de esta Alcaldía-Presidencia sobre el régimen de retribuciones de órganos de gobierno y demás miembros de la Corporación.

Disponiendo el artículo 13.4 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales: “El Pleno corporativo, a propuesta del Presidente, determinará, dentro de la consignación global contenida a tal fin en el Presupuesto, la relación de cargos de la Corporación que podrán desempeñarse en régimen de dedicación exclusiva y, por tanto, con derecho a retribución, así como las cuantías que correspondan a cada uno de ellos en atención a su grado de responsabilidad.

El nombramiento de un miembro de la Corporación para uno de estos cargos solo supondrá la aplicación del régimen de dedicación exclusiva si es aceptado expresamente por aquel, en cuyo caso esta circunstancia será comunicada al Pleno en la siguiente sesión ordinaria”. Y en base a las restantes atribuciones que me confiere la legislación vigente vengo a resolver:

Primero.—Designar a los miembros concretos que han de desempeñar sus cargos en régimen de dedicación parcial, con las retribuciones acordadas por el Pleno, siendo estos, los siguientes:

— D.a Cristina Moreno Moreno, portavoz del grupo PSOE, con una retribución de 37.968,52 euros anuales y con efectos desde el día 9 de julio de 2019.

— D. Jesús Mario Blasco Blanco, portavoz del grupo ACIPA, con una retribución de 25.312,35 euros anuales y con efectos desde el día 9 de julio de 2019.

— D.a Begoña Benegas Mora, portavoz del grupo VOX, con una con una retribución de 25.312,35 euros anuales y con efectos desde el día 9 de julio de 2019.

— D. Juan Carlos Ramírez Panadero, portavoz del grupo INPAR, con una con una retribución de 18.984,26 euros anuales y con efectos desde el día 9 de julio de 2019.

— D. René Moya León, portavoz del grupo UNIDAS-PODEMOS, con una con una retribución de 18.984,26 euros anuales y con efectos desde el día 9 de julio de 2019.

Segundo.—Darles de alta en el régimen general de la Seguridad Social de conformidad con el artículo 75.1 y 75.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Tercero.—Notificar el presente Decreto a los interesados publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de forma íntegra el presente Decreto, a los efectos de su general conocimiento, sin perjuicio de su efectividad desde el día de la fecha y de los efectos previstos de forma concreta para cada uno de los interesados.

En Aranjuez, a 10 de julio de 2019.—La alcaldesa-presidenta, María José Martínez de la Fuente.

Decreto de Alcaldía-Presidencia

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente, especialmente el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local así como el artículo 24 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, a la vista de los siguientes

ANTECEDENTES

Primero.—El Pleno de la Corporación municipal, en sesión extraordinaria celebrada el 9 de julio de 2019, adoptó el siguiente acuerdo:

“La Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local establece en sus artículo 104 que el Pleno de la Corporación, al comienzo de su mandato, determinará el número, características y retribuciones del personal eventual, entendido, como tal, aquel que desempeña puestos de confianza o asesoramiento especial, de conformidad con el artículo 89 del mismo texto legal.

Por otro lado el artículo 104.bis. de la misma Ley establece los límites y normas a las que deben ajustarse las dotaciones de puestos de trabajo cuya cobertura corresponda a personal eventual en los Ayuntamientos. Por tanto, en aplicación de los citados preceptos, propongo al Pleno Municipal la determinación de los siguientes puestos:

— Un jefe de Gabinete de Alcaldía.

— Un jefe de Prensa.

— Dos administrativos para el Grupo Socialista a jornada completa.

— Dos administrativos para el Grupo Popular a jornada completa.

— Un administrativo a jornada completa y un administrativo a media jornada para el Grupo Ciudadanos.

— Un administrativo para el Grupo Acipa a jornada completa.

— Un administrativo para el Grupo Vox a jornada completa.

— Un administrativo para el Grupo Inpar a jornada completa.

— Un administrativo para el Grupo Unidas Podemos a jornada completa.

Las retribuciones de los citados puestos quedan fijadas en las siguientes cuantías:

— Jefe de Gabinete de Alcaldía: un importe bruto anual de 39.051,74 euros/año.

— Jefe de Prensa: un importe bruto anual de 39.051,74 euros/año.

— Administrativos: las establecidas en la Valoración de Puestos de Trabajo del Ilustrísimo Ayuntamiento de Aranjuez.

Las cuantías señaladas se revisarán anualmente con idéntico incremento al que sea de aplicación a los empleados municipales.

Todos ellos recibirán dos pagas extraordinarias anuales, de acuerdo a lo establecido para el resto de los empleados municipales”.

Segundo.—Encontrándose vacantes todos los puestos de la plantilla del personal eventual aprobada desde el 14 de junio del presente, esta Alcaldía estima necesario el nombramiento de personal eventual para que cumpla las funciones de asesoramiento legalmente establecidas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.—Los apartados primero y tercero del artículo 12 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público disponen que:

“1. Es personal eventual el que, en virtud de nombramiento y con carácter no permanente, sólo realiza funciones expresamente calificadas como de confianza o asesoramiento especial, siendo retribuido con cargo a los créditos presupuestarios consignados para este fin.

3. El nombramiento y cese serán libres. El cese tendrá lugar, en todo caso, cuando se produzca el de la autoridad a la que se preste la función de confianza o asesoramiento”.

Segundo.—En este mismo sentido se expresa el artículo 104.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local determinando que el nombramiento y cese de estos funcionarios es libre y corresponde al Alcalde o al Presidente de la Entidad local correspondiente. Cesan automáticamente en todo caso cuando se produzca el cese o expire el mandato de la autoridad a la que presten su función de confianza o asesoramiento.

Tercero.—El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local en el apartado primero del artículo 176 dispone que el personal eventual se rige por lo establecido en el artículo 104 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, por todo lo expuesto, esta Alcaldía adopta la siguiente

Resolución:

Primero.—Nombrar a D. Pedro Francisco Parra del Apio, con DNI ******03-Z Jefe de Prensa, en régimen de jornada laboral a tiempo completo, con una retribución bruta anual de 39.051,74 euros, referida a 14 pagas con efectos desde el 10 de julio de 2019.

— Nombrar a D.a María Teresa Puerta Suárez, con DNI ******39P administrativo del grupo PP, en régimen de jornada laboral a tiempo completo, con una retribución bruta anual de 25.632,88 euros, referida a 14 pagas con efectos desde el 11 de julio de 2019.

— Nombrar a D. Alberto Barona Pastor, administrativo del grupo ACIPA, en régimen de jornada laboral a tiempo completo, con una retribución bruta anual de 25.632,88 euros, referida a 14 pagas con efectos desde el 10 de julio de 2019.

— Nombrar a D.a Margarita Stoycheva Yordanov, con DNI ******88M, administrativo del grupo INPAR, en régimen de jornada laboral a tiempo completo, con una retribución bruta anual de 25.632,88 euros, referida a 14 pagas con efectos desde el 10 de julio de 2019.

De conformidad con la normativa vigente, podrán ser cesados libremente en cualquier momento del mandato corporativo y, en todo caso, automáticamente, sin que sea precisa la observancia de forma alguna, en el momento de la expiración del mandato corporativo o el cese de esta Alcaldía que le nombra

Segundo.—Notificar a los interesados su nombramiento y comunicar formalmente el presente Decreto, a la Intervención municipal y al Departamento de personal, para que se lleve a efecto la presente resolución.

Tercero.—Publicar íntegramente este Decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y fijarlo en el tablón de anuncios de esta Corporación para su conocimiento e información pública.

En Aranjuez, a 11 de julio de 2019.—La alcaldesa-presidenta, María José Martínez de la Fuente.

Decreto de Alcaldía-Presidencia

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente, especialmente el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local así como el artículo 24 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, a la vista de los siguientes

ANTECEDENTES

Único.—El Pleno de la Corporación municipal, en sesión extraordinaria celebrada el 9 de julio de 2019, adoptó el siguiente acuerdo:

“La Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local establece en sus artículo 104 que el Pleno de la Corporación, al comienzo de su mandato, determinará el número, características y retribuciones del personal eventual, entendido, como tal, aquel que desempeña puestos de confianza o asesoramiento especial, de conformidad con el artículo 89 del mismo texto legal.

Por otro lado el artículo 104.bis. de la misma Ley establece los límites y normas a las que deben ajustarse las dotaciones de puestos de trabajo cuya cobertura corresponda a personal eventual en los Ayuntamientos. Por tanto, en aplicación de los citados preceptos, propongo al Pleno Municipal la determinación de los siguientes puestos:

— Un jefe de Gabinete de Alcaldía.

— Un jefe de Prensa.

— Dos administrativos para el Grupo Socialista a jornada completa.

— Dos administrativos para el Grupo Popular a jornada completa.

— Un administrativo a jornada completa y un administrativo a media jornada para el Grupo Ciudadanos.

— Un administrativo para el Grupo Acipa a jornada completa.

— Un administrativo para el Grupo Vox a jornada completa.

— Un administrativo para el Grupo Inpar a jornada completa.

— Un administrativo para el Grupo Unidas Podemos a jornada completa.

Las retribuciones de los citados puestos quedan fijadas en las siguientes cuantías:

— Jefe de Gabinete de Alcaldía: un importe bruto anual de 39.051,74 euros/año.

— Jefe de Prensa: un importe bruto anual de 39.051,74 euros/año.

— Administrativos: las establecidas en la Valoración de Puestos de Trabajo del Ilustrísimo Ayuntamiento de Aranjuez.

Las cuantías señaladas se revisarán anualmente con idéntico incremento al que sea de aplicación a los empleados municipales.

Todos ellos recibirán dos pagas extraordinarias anuales, de acuerdo a lo establecido para el resto de los empleados municipales”.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.—Los apartados primero y tercero del artículo 12 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público disponen que:

“1. Es personal eventual el que, en virtud de nombramiento y con carácter no permanente, sólo realiza funciones expresamente calificadas como de confianza o asesoramiento especial, siendo retribuido con cargo a los créditos presupuestarios consignados para este fin.

3. El nombramiento y cese serán libres. El cese tendrá lugar, en todo caso, cuando se produzca el de la autoridad a la que se preste la función de confianza o asesoramiento”.

Segundo.—En este mismo sentido se expresa el artículo 104.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local determinando que el nombramiento y cese de estos funcionarios es libre y corresponde al Alcalde o al Presidente de la Entidad local correspondiente. Cesan automáticamente en todo caso cuando se produzca el cese o expire el mandato de la autoridad a la que presten su función de confianza o asesoramiento.

Tercero.—El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local en el apartado primero del artículo 176 dispone que el personal eventual se rige por lo establecido en el artículo 104 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, por todo lo expuesto, esta Alcaldía adopta la siguiente:

Resolución:

Primero.—Nombrar a D. Gustavo Severien Tigeras, con DNI ******475-X Jefe de Gabinete de Alcaldía, en régimen de jornada laboral a tiempo completo, con una retribución bruta anual de 39.051,74 euros, referida a 14 pagas con efectos desde el 15 de julio de 2019.

Segundo.—Notificar al interesado su nombramiento y comunicar formalmente el presente Decreto a la Intervención municipal y al Departamento de personal, para que se lleve a efecto la presente resolución.

Tercero.—Publicar íntegramente este Decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y fijarlo en el tablón de anuncios de esta Corporación para su conocimiento e información pública.

En Aranjuez, a 15 de julio de 2019.—La alcaldesa-presidenta, María José Martínez de la Fuente.

(03/25.939/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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