Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 51

Fecha del Boletín 
01-03-2019

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190301-88

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ARGANDA DEL REY NÚMERO 5

88
Arganda del Rey número 5. Procedimiento 213 de 2018, notificación a Lucian Eugen Vlad

EDICTO

Doña Amelia Serra Rubio, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia e instrucción número 5 de Arganda del Rey.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de familia; modificación de medidas con relación a los hijos no matrimoniales, supuesto contencioso número 213 de 2018, instados por el procurador don Óscar Herranz Sampedro, en nombre y representación de doña Maria Nicolae, contra don Lucian Eugen Vlad, en los que se ha dictado, en fecha 15 de enero de 2019, sentencia, cuyos antecedentes de hecho y fallo son los siguientes:

Sentencia número 9 de 2019

En Arganda del Rey, a 14 de enero de 2019.—Vistos por mí, María Astudillo Álvaro, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 5 de Arganda del Rey, los presentes autos de procedimiento de modificación de medidas número 213 de 2018, seguidos ante este Juzgado a instancias de doña Maria Nicolae, representada por el procurador, señor Óscar Herranz Sampedro, bajo la dirección letrada de la señora Gutiérrez García frente a don Lucian Eugen Vlad, en reclamación de modificación de medidas.

Fallo

Se estima la demanda interpuesta por el procurador señor Herranz Sampedro, en nombre y representación de doña Maria Nicolae, frente a don Lucian Eugen Vlad, y se atribuye la patria potestad sobre el menor Andrei Lucian Vlad de forma exclusiva a su madre, doña Maria Nicolae.

No procede hacer especial imposición de costas.

Expídase testimonio de la presente sentencia para su inserción en los autos, y archívese el original en el libro de sentencias de este Juzgado.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, siendo requisito indispensable para admitir a trámite el mismo que se acredite haber consignado, en la entidad de crédito y en la cuenta de depósitos y consignaciones abierta a nombre de este Juzgado, depósito por importe de 50 euros.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la ilustrísima señora magistrada-juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, de lo que yo, el secretario, doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado, don Lucian Eugen Vlad, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Arganda del Rey, a 15 de enero de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/5.674/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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