Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 303

Fecha del Boletín 
20-12-2018

Sección 1.3.40.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181220-14

Páginas: 5


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTES

14
ORDEN 1901/2018, de 17 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, por la que se conceden subvenciones destinadas a Asociaciones Deportivas Madrileñas, excepto Federaciones Deportivas, para la participación en competiciones deportivas oficiales para el año 2018.

Mediante la Orden 602/2018, de 28 de mayo, se establecieron las bases reguladoras de subvenciones destinadas a asociaciones deportivas madrileñas, excepto federaciones deportivas, para la participación en competiciones deportivas oficiales, y por Orden 852/2018, de 23 de julio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes se aprobó la convocatoria correspondiente al año 2018, de subvenciones destinadas a asociaciones deportivas madrileñas, excepto federaciones deportivas, para la participación en competiciones deportivas oficiales.

El artículo 5.3 del Decreto 80/2017, de 25 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se crea la Consejería de Educación e Investigación y la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes y se modifican parcialmente las competencias y estructura orgánica de algunas Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de septiembre de 2017), atribuye las competencias en materia de deportes a la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes.

El Decreto 121/2017, de 3 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, modificado por el Decreto 149/2018, de 9 octubre, del Consejo de Gobierno, atribuye en el artículo 12.g) a la Dirección General de Deportes la competencia para proponer la concesión de ayudas públicas a los clubes, asociaciones y demás entidades deportivas.

Vista la propuesta de Resolución elevada por el Director General de Deportes y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por la legislación vigente,

DISPONGO

Primero

Conceder subvenciones a las asociaciones deportivas madrileñas por las cuantías que se relacionan en el Anexo de la presente Orden.

Segundo

Las solicitudes no incluidas en el citado Anexo se entenderán desestimadas.

Tercero

El pago de estas subvenciones se realizará con cargo al subconcepto 48099 del Programa 336A del vigente Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid para el año 2018, por un importe de 850.000 euros.

Cuarto

Las subvenciones concedidas se abonarán a los beneficiarios previa presentación, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, del certificado a que se refieren los artículo 9.2 de la Orden 602/2018 y 8.2 de la Orden 852/2018, ya citadas.

Quinto

Los beneficiarios quedan sometidos a las obligaciones establecidas en el artículo 13 de la Orden 602/2018, de 28 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras.

Sexto

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, directamente, recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados, en ambos casos, desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno interponer.

Madrid, a 17 de diciembre de 2018.

El Consejero de Cultura, Turismo y Deportes, JAIME MIGUEL DE LOS SANTOS GONZÁLEZ





(03/41.154/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.40.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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