Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 295

Fecha del Boletín 
11-12-2018

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181211-52

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

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Madrid. Sala de lo Social. Sección Primera. Procedimiento 527 de 2017, notificación a Phone World Comunication, S. L.

SALA DE LO SOCIAL

Sección Primera

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elena Carrasco Manzanares, letrada de la Administración de Justicia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Primera de la Sala de lo Social).

Hago saber: Que en el recurso de suplicación número 527 de 2017 de esta Sección de lo social, seguido a instancias de don Joaquín Alcaraz Olmos, frente al Fondo de Garantía Salarial y “Phone World Comunication, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución por el Tribunal Supremo en el recurso de casación interpuesto por la parte actora, cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:

«Unificación de doctrina número 670 de 2018.

Ponente, excelentísimo señor don Ángel Blasco Pellicer.

Letrada de la Administración de Justicia, ilustrísima señora doña Margarita Torres Ruiz.

Tribunal Supremo. Sala de lo social.

Excelentísimo señor y excelentísimas señoras:

Doña María Milagros Calvo Ibarlucea.

Doña Rosa María Virlés Piñol.

Don Ángel Blasco Pellicer.

En Madrid, a 19 de septiembre de 2018.—Ha sido ponente el excelentísimo señor don Ángel Blasco Pellicer.

Parte dispositiva:

La Sala acuerda: Declarar la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el letrado don Alfonso Hernández Quereda, en nombre y representación de don Joaquín Alcaraz Olmos, contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de fecha 15 de septiembre de 2017, en el recurso de suplicación número 527 de 2017, interpuesto por don Joaquín Alcaraz Olmos, frente al auto dictado por el Juzgado de lo social número 48 de Madrid de fecha 1 de febrero de 2017, en el procedimiento número 820 de 2016, seguido a instancias de don Joaquín Alcaraz Olmos, contra “Phone World Comunication, Sociedad Limitada”, sobre despido.

Se declara la firmeza de la sentencia recurrida sin imposición de costas a la parte recurrente.

Contra este auto no cabe recurso alguno.

Devuélvanse los autos de instancia y el rollo de suplicación a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de procedencia, con certificación de esta resolución y comunicación.

Así lo acuerdan, mandan y firman los excelentísimos señores magistrados indicados al margen».

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Phone World Comunication, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de esta Sección, salvo las que revistan la forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 8 de noviembre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/38.199/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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