Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 259

Fecha del Boletín 
30-10-2018

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181030-65

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL NÚMERO 2

65
San Lorenzo de El Escorial número 2. Procedimiento 13 de 2018, notificación a Abraham Argullos Roldán y otros

EDICTO

Doña Patricia Rebeca Rollán Galindo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de San Lorenzo de El Escorial.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves número 13 de 2018, se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

Que debo condenar y condeno a don Abraham Argullos Roldán y a doña Claudia Rayón Palomares, como autores responsables de un delito leve de usurpación, tipificado en el artículo 245.2 del Código Penal a la pena de tres meses de multa, con una cuota diaria de 2 euros por día de sanción. Se les condena, también, al pago de las costas procesales.

Si no se satisface la multa voluntariamente o por vía de apremio, los condenados quedarán sujetos a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de localización permanente por cada dos cuotas diarias no satisfechas, que podrá cumplirse en régimen de trabajos en beneficio para la comunidad, conforme determina el artículo 53 del Código Penal.

Se les condena a abandonar la vivienda, sita en la calle Virgen de Nuria, número 25, de El Escorial, antes del día 16 de abril, a las diez horas, y se acuerda el lanzamiento de don Abraham Argullos Roldán y doña Claudia Rayón Palomares de la vivienda sita en la calle Virgen de Nuria, número 25, de El Escorial. Se fija como día en 16 de abril de 2018, a las diez horas, para el lanzamiento y desalojo del mismo, y se acuerda entregar la posesión de la vivienda a su legítimo propietario, solicitando para el mismo el auxilio de las fuerzas y cuerpos de seguridad. Ofíciese a tal efecto a las mismas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que no es firme y cabe interponer contra la misma recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a su notificación, ante este Juzgado, por escrito, y en la forma prevista en los artículos 795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Abraham Argullos Roldán y doña Claudia Rayón Palomares, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.

En San Lorenzo de El Escorial, a 3 de octubre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/32.817/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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