Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 253

Fecha del Boletín 
23-10-2018

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181023-90

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

90
Madrid número 14. Ejecución 91 de 2018, notificación a Massive Event, S. L.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA ANGELES CHARRIEL ARDEBOL LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 14 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 91/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. BLANCA TERESA BARRAGAN BECERRA frente a MASSIVE EVENT SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

S E N T E N C I A 252/2018

En Madrid, a 11 de julio de dos mil dieciocho.

F A L L O

Que estimando la demanda promovida por BLANCA TERESA BARRAGÁN BECERRA contra la mercantil MASSIVE EVENT S.L., en reclamación de cantidad, condeno a la demandada a que abone a la parte demandante, por los conceptos reclamados en su demanda, la cantidad de 2.314,91 euros, más un 10% en concepto de interés anual por mora, en proporción al período transcurrido desde el 27 de octubre de 2017, hasta la fecha.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma es firme por razón de la inferior cuantía de lo reclamado, al no contemplarse legalmente la posibilidad de interponer recurso alguno frente a la misma.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.—La juez.

PUBLICACION.- Leída y publicada ha sido la anterior Sentencia por el Magistrado-Juez que la suscribe en el día de su fecha, celebrándose audiencia pública. Doy fe.—La Letrada de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a MASSIVE EVENT SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a once de julio de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/31.430/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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