Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 172

Fecha del Boletín 
20-07-2018

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180720-52

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GETAFE

CONTRATACIÓN

52
Getafe. Contratación. Mesa contratación

La Junta de Gobierno, en su sesión extraordinaria urgente el 2 de julio de 2018, adopto el siguiente acuerdo:

«1. Proposición del concejal-delegado de Hacienda, Educación y Juventud, sobre constitución y composición de la Mesa de contratación

Vista la proposición de referencia de 2 de julio de 2018; por unanimidad se acuerda:

Primero.—Dejar sin efectos los acuerdos de la Junta de Gobierno celebrada el 19 de abril de 2017 y modificada el 25 de abril de 2018.

Segundo.—Constituir la Mesa de contratación del Ayuntamiento de Getafe, que con carácter permanente estará compuesta por:

— Presidencia:

• Titular: Jefatura de la Oficina de la Junta de Gobierno.

Suplentes: Secretaría General del Pleno y Oficialía Mayor.

— Vocales:

• Titular: Dirección de la Asesoría Jurídica.

Suplentes: los letrados Consistoriales del Ayuntamiento, funcionarios de carrera. Únicamente en circunstancias en las que no exista funcionario de carrera actuará funcionario interino.

• Titular: Intervención General Municipal.

Suplente: Viceintervención.

• Titular: el responsable del contrato, si este fuera funcionario interino o laboral temporal, será miembro de la Mesa el funcionario de carrera o laboral fijo de plantilla de la unidad administrativa tramitadora del contrato. Únicamente en las unidades administrativas en las que existan, según informe de Personal de 17 de abril de 2018, podrán formar parte de la misma.

Suplente: el empleado público en quien se delegue dentro de su unidad administrativa, en supuestos excepcionales de ausencia por enfermedad o vacaciones.

— Secretaría:

• Funcionario del grupo A-1 de la Unidad Administrativa de Contratación. Únicamente en circunstancias en las que no exista funcionario de carrera actuará funcionario interino.

— Observadores: a las sesiones de Mesa de contratación podrán asistir, en calidad de observadores, un concejal de cada grupo municipal, designado por su portavoz.

Tercero.—La Mesa de contratación también será competente para la valoración de las ofertas en el procedimiento abierto super simplificado en tanto no existan dispositivos electrónicos que posibiliten la no celebración de acto público de aperturas de las proposiciones.

Cuarto.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Publicar, asimismo, en el “perfil del contratante” la composición de la Mesa de Contratación incluyendo los nombres de las personas que actualmente ejercen los correspondientes puestos de trabajo. En el supuesto del vocal responsable del contrato o firmante del pliego de prescripciones técnicas, se identificará junto con la publicación de los pliegos y, en caso de suplencia, con una antelación mínima de siete días respecto a la reunión de la Mesa de contratación».

Getafe, a 2 de julio de 2018.—La jefa de la Oficina de la Junta de Gobierno, Concepción Muñoz Yllera.

(03/23.912/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180720-52