Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 105

Fecha del Boletín 
03-05-2018

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180503-102

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

102
Madrid número 12. Procedimiento 841 de 2017, notificación a El Ruso Jardines, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MONTSERRAT TORRENTE MUÑOZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 12 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 841/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. GREGORY GABRIEL HAUPT frente a EL RUSO JARDINES SL sobre Clasificación profesional se ha dictado Sentencia, cuyo Fallo es el siguiente:

ESTIMAR la demanda interpuesta por D. GREGORY GABRIEL HAUPT contra empresa EL RUSO JARDINES, S.L. CONDENO a la demandada, a que abone al actor la cantidad de 2.909,94 euros más el 10% de interés por mora devengado.

Notifíquese esta resolución a la partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Así por esta mi sentencia de la que se unirá testimonio a los autos originales para su cumplimiento, lo pronuncio, mando y firmo.

(Firmada)

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a EL RUSO JARDINES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a once de abril de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/13.070/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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