Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 100

Fecha del Boletín 
27-04-2018

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180427-73

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LOS MOLINOS

RÉGIMEN ECONÓMICO

73
Los Molinos. Régimen económico. Ordenanza tasa instalación puestos

No habiéndose presentado alegaciones al acuerdo adoptado por el Pleno Municipal el día 1 de febrero de 2018, relativo a la modificación de la ordenanza número 14, reguladora de la tasa por instalación de puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos, atracciones de recreo, situados en terrenos de uso público local, así como industrias callejeras y ambulantes y rodaje cinematográfico, se eleva a definitivo, procediéndose a su publicación, tal y como establece el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales:

Modificación parcial de la ordenanza número 14, reguladora de la tasa por instalación de puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos, atracciones de recreo, situados en terrenos de uso público local, así como industrias callejeras y ambulantes y rodaje cinematográfico. Los cambios son los siguientes:

“Artículo 7.o Tarifas.

(...)

7.2. Las tarifas de la tasa serán las siguientes:

— Tarifa dependiendo de la duración de la ocupación:

• 0,50 euros por metro cuadrado y día.

• 3,00 euros por metro cuadrado y semana (siete días seguidos).

• 10,00 euros por metro cuadrado y mes completo.

— Licencia de rodaje cinematográfico:

• Rodajes de películas, reportajes de televisión, documentales video o cine. 300 euros por día.

• Rodaje de películas, documentales o programas de televisión, con finalidad exclusivamente benéfica o de interés municipal para la difusión, promoción y desarrollo de las actividades y del entorno del municipio, siempre que tal circunstancia sea refrendada por el órgano municipal competente. Gratuito.

• Rodaje de cortometrajes realizados por alumnos de escuelas y academias de cine, con finalidad exclusivamente formativa, siempre que tal circunstancia sea refrendada por el órgano municipal competente. Gratuito.

Artículo 8.o Normas de aplicación de las tarifas.

(...)

4. No se consentirá ninguna ocupación de la vía pública hasta que se haya abonado y obtenido por los interesados la licencia correspondiente, siendo necesario para el otorgamiento de la mencionada licencia que el sujeto pasivo esté al corriente de pago de todos los tributos locales y demás derechos de la Hacienda Local en el momento de la solicitud.

(...)

DISPOSICIÓN FINAL

La presente ordenanza fiscal consta de 12 artículos; una vez aprobada definitivamente por el Pleno Municipal, entra en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa”.

Los Molinos, a 16 de abril de 2018.—El alcalde-presidente, Antonio Coello Gómez-Rey.

(03/13.413/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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