Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 100

Fecha del Boletín 
27-04-2018

Sección 1.3.95.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180427-23

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE TRANSPORTES, VIVIENDA E INFRAESTRUCTURAS

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ORDEN de 13 de abril de 2018, de la Consejera de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, por la que se crea el fichero de datos de carácter personal denominado “Agentes inmobiliarios de la Comunidad de Madrid”.

El Decreto 8/2018, de 13 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se crea el Registro de Agentes inmobiliarios de la Comunidad de Madrid y se regulan los requisitos para la inscripción del agente inmobiliarios, creó el citado registro de Agentes Inmobiliarios de la Comunidad de Madrid. El objetivo que persigue la norma es la defensa y la protección de los derechos de quienes contratan los servicios de mediación inmobiliaria, creando dicho registro y estableciendo los requisitos que deben cumplir aquellos agentes inmobiliarios que, con carácter voluntario, soliciten la inscripción en el mismo.

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de ficheros de las Administraciones Públicas deberá efectuarse por medio de una disposición general publicada en el “Boletín Oficial del Estado” o diario oficial correspondiente.

El Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, antes citada, regula en sus artículos 52 a 54 el procedimiento de creación, modificación y supresión de ficheros y el artículo 55 se refiere a la notificación de los ficheros a la Agencia Española de Protección de Datos.

La presente Orden tiene por tanto por objeto la creación del fichero de datos de carácter personal “Agentes inmobiliarios de la Comunidad de Madrid”, incluyéndose el contenido necesario exigido por el artículo 54 del Real Decreto 1720/2007, relativo entre otras cuestiones, al sistema de tratamiento del fichero.

El artículo 129 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dispone que “las Administraciones Públicas actuarán de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia”. La redacción de la presente disposición responde a dichos principios. En concreto, se cumplen los principios de necesidad y eficacia, pues la creación del registro y por tanto, del consecuente fichero de protección de datos responde a la necesidad de interés general de propiciar la prestación de servicios de intermediación inmobiliaria de calidad. Se cumple asimismo con el principio de seguridad jurídica, con la adopción de una norma que será objeto de publicación, según lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

Por lo que respecta al principio de transparencia, se garantiza con la audiencia e información públicas, cumpliendo con la tramitación prevista en la Ley de Procedimiento Administrativo.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 41.d) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y en uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente,

DISPONGO

Artículo 1

Creación del fichero

Se crea el fichero de protección de datos de carácter personal denominado “Agentes inmobiliarios de la Comunidad de Madrid”, que se adjunta como Anexo a la presente Orden, en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal y el artículo 54.1 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.

Artículo 2

Órgano responsable del fichero

El órgano responsable del fichero será la Dirección General competente en materia de vivienda, que adoptará las medidas necesarias para asegurar en su caso el efectivo cumplimiento de las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

Los derechos de acceso, rectificación y cancelación se podrán ejercitar ante la Dirección General responsable del fichero.

DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA

Notificación a la Agencia Española de Protección de Datos

El fichero creado será notificado a la Agencia Española de Protección de Datos, de conformidad con lo previsto en el artículo 55 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, para su inscripción en el registro general de Protección de datos en el plazo de treinta días desde la publicación de esta Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 13 de abril de 2018.

La Consejera de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, ROSALÍA GONZALO LÓPEZ

ANEXO

FICHERO DE NUEVA CREACIÓN

Fichero:

1. Identificación del fichero:

a) Denominación: “Agentes Inmobiliarios de la Comunidad de Madrid”.

2. Descripción, finalidad y usos previstos:

El fichero contendrá los datos de agentes inmobiliarios inscritos: Datos identificativos de los interesados (nombre, apellidos y domicilio); teléfono de contacto y dirección de correo electrónico.

— Procedencia: El propio interesado.

— Procedimiento de recogida: Automatizada.

3. Estructura básica de los ficheros y el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

— Datos identificativos de los interesados (nombre, apellidos y domicilio); teléfono de contacto y dirección de correo electrónico.

— Sistema de tratamiento (automatizado, manual o mixto): Automatizado.

4. Comunicaciones de los datos previstas: No se prevén cesiones o comunicaciones de datos a los órganos jurisdiccionales.

5. Transferencias internacionales previstas a terceros países: No se realizan.

6. Órgano responsable del fichero: Dirección General de Vivienda y Rehabilitación. Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras.

7. Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, calle Maudes, número 17, 28003 Madrid.

8. Nivel de medidas de seguridad: Nivel básico.

(03/14.141/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.95.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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