Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 73

Fecha del Boletín 
26-03-2018

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180326-115

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

115
Madrid número 9. Ejecución 126 de 2015, notificación a Miguel Ángel Pachón Montes

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 09 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 126/2015 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. JERUZA ALVES DOS SANTOS frente a D. MIGUEL ANGEL PACHON MONTES sobre Ejecución Forzosa se ha dictado la siguiente resolución:

NÚMERO RESOLUCIÓN: 13/2018

DECRETO

En Madrid, a nueve de enero de dos mil dieciocho.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.-En fecha 14-07-2015 se dictó AUTO despachando ejecución por las sumas a que había sido condenado en sentencia firme el demandado D. MIGUEL ANGEL PACHON MONTES.

SEGUNDO.- En fechas 14-09-2015, 13-10-2015, 22-10-2015, 11-04-2016, 10-05-2016, 10-06-2016, 11-07-2016, 10-08-2016, 12-09-2016, 10-10-2016, 10-11-2016, 12-12-2016, 10-01-2017 y 10-02-2017 fue ingresada en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado la suma de 1.532’67 euros para el pago del principal más lo calculado para intereses y costas, principal que fue entregado a la parte ejecutante, practicándose posteriormente liquidación de intereses que fue aprobada, entregándose a la parte ejecutante la cantidad por la que se aprobó en la liquidación y devolviendo el sobrante a la parte ejecutada.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

ÚNICO.- El art. 570 de la L.E.C. establece que la ejecución forzosa sólo terminará con la completa satisfacción del acreedor ejecutante. En el presente caso concurren los requisitos legalmente exigidos en la referida norma, de aplicación subsidiaria conforme dispone en su art. 4 y, teniendo en cuenta igualmente el art. 237 de la L.R.J.S., procede tener por concluidas las actuaciones para ejecución de la sentencia y ordenar el archivo de las actuaciones.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

Se decreta el archivo definitivo de la presente ejecutoria sin más trámite, previa baja en el libro correspondiente.

Notifíquese esta resolución.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANCO DE SANTANDER IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2507-0000-64-0126-15.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D. MIGUEL ANGEL PACHON MONTES, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a siete de marzo de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/8.668/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180326-115