Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 295

Fecha del Boletín 
12-12-2017

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171212-120

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

120
Madrid número 14. Ejecución 101 de 2017, notificación a Gourmet Avans, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA ANGELES CHARRIEL ARDEBOL LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 14 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 101/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARCOS MAÑOSO MIÑANA frente a GOURMET AVANS S.L. y FONDO DE GARANTIA SALARIAL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado el siguiente DECRETO DE MEJORA DE EMBARGO:

PARTE DISPOSITIVA

(...) Se acuerda la mejora de embargo de bienes del demandado GOURMET AVANS SL en cuantía suficiente a cubrir la suma de 9.624,11 euros y a tal fin:

Se acuerda el embargo del sobrante en la ejecución seguida en este Juzgado con nº 90/2017 (Autos 1136/2016) por la cantidad de 36,52 euros en concepto de parte de PRINICIPAL para su aplicación a estos autos.

Espérese a que la presente resolución sea firme, para acordar sobre la puesta a disposición de la citada cantidad.

Notifíquese la presente resolución a las partes (…).

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a GOURMET AVANS S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veinte de noviembre de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/38.565/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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