Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
17-12-2008

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081217-0014

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

POZUELO DE ALARCÓN

OFERTAS DE EMPLEO

BASES PARA LA COBERTURA MEDIANTE LIBRE CONCURRENCIA DE SEIS PUESTOS DE PERSONAL
DIRECTIVO PROFESIONAL

1.  Objeto de la convocatoria

1.1.  La presente convocatoria tiene por objeto la cobertura,
mediante procedimiento público de concurrencia y designación libre, de los puestos de personal directivo profesional relacionados en el anexo I, con las características que en el mismo se reflejan para cada uno.

1.2.  La relación de empleo se regirá por la relación laboral de carácter especial de alta dirección que regula el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, y de demás normativa de aplicación.

1.3.  El procedimiento de selección se ajustará a lo dispuesto en las presentes bases, así como a lo previsto en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; en el título X de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; en el Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración de Pozuelo de Alarcón, y supletoriamente, por la legislación de procedimiento administrativo común y demás normativa de general aplicación.

2.  Requisitos de participación

Podrán tomar parte en la convocatoria los candidatos que dentro del plazo de presentación de instancias reúnan los siguientes requisitos:

a) Ser empleado público de la Administración del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, del subgrupo A1 de titulación o categoría profesional equivalente, o bien ser profesional de reconocida competencia profesional y experiencia en el desempeño de puestos de responsabilidad en la gestión pública o privada.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Estar en posesión, o en condiciones de obtener, dentro del plazo de instancias, titulación universitaria superior de carácter oficial, homologada en caso de expedición en el extranjero.

d) Reunir los requisitos de compatibilidad en el momento de la contratación, de acuerdo con la legislación vigente.

3.  Forma y plazo de solicitudes

3.1.  Las solicitudes para tomar parte en el proceso se ajustarán al modelo de instancia que figura en el anexo II de las presentes bases y se dirigirán a la Alcaldía, debiendo indicar en la misma que se cumplen los requisitos de admisión al presente proceso, así como el puesto o puestos a los que se opta, con orden de preferencia, en su caso. Al escrito se acompañará fotocopia del documento nacional de identidad o pasaporte en vigor y currículum vítae, en el que habrán de reflejar, al menos, los títulos académicos y profesionales, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados tanto en el ámbito público como en el privado, estudios y cursos de formación realizados, así como cualquier otro mérito que se considere oportuno.

3.2.  Dichas solicitudes y la documentación que se acompañe a las mismas deberán presentarse en las oficinas de Registro del Ayuntamiento, sito en la Oficina de Atención al Ciudadano, plaza Mayor, sin número, en horario de nueve a catorce, y de diecisiete a veinte, de lunes a viernes, y de nueve a catorce, los sábados, o en cualquiera de las formas contempladas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, durante el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al que aparezca publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la convocatoria y las bases. Los sucesivos anuncios serán publicados en el tablón de anuncios municipal.

3.3.  Se concederá un plazo de cinco días para la subsanación de defectos por los aspirantes que lo requieran, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.1 de la citada Ley 30/1992.

4.  Resolución y contratación

4.1.  Recibidas las solicitudes de participación y subsanados, en su caso, los defectos en que las mismas pudieran incurrir, el alcalde formulará propuesta de contratación para cada uno de los puestos ofertados, atendiendo a criterios de idoneidad, previo examen de los méritos alegados y de la documentación que, en su caso, pueda requerirse a los candidatos en caso de que se estime que hayan de ser acreditados, y teniendo también en cuenta el orden de preferencia de puestos que hubieran señalado los participantes.

4.2.  De igual modo, podrá requerir a otros órganos cuantos informes estime necesarios para proceder a dicha selección, pudiendo incluso convocar a alguno/s de los aspirantes para la celebración de una entrevista personal. Podrá, asimismo, declararse desierto el procedimiento si así fuere estimado por dicho órgano.

4.3.  La propuesta será elevada a la Junta de Gobierno Local u órgano en que, en su caso, delegase su competencia, a efectos del correspondiente acuerdo de contratación, que tendrá efectos desde la fecha en que se suscriba el contrato de trabajo.

Notificado el acuerdo por el que se resuelve la convocatoria y previamente a la formalización del contrato, los candidatos seleccionados deberán aportar en el plazo de cinco días hábiles la documentación original acreditativa de los requisitos de participación, y formularán declaración en el sentido establecido en la disposición adicional decimoquinta, apartado 2, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de acuerdo con el Reglamento Orgánico Municipal.

5.  Protección de datos

A los efectos del cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento por el Ayuntamiento, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión a la convocatoria, pudiendo ejercerse el derecho de acceso, rectificación y cancelación en los términos legalmente previstos.

6.  Régimen de impugnaciones

Contra las presentes bases se podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, ante la Junta de Gobierno Local, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el órgano correspondiente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o en el tablón de anuncios municipal.

ANEXO I

PUESTOS OBJETO DE LA CONVOCATORIA

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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