Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 199

Fecha del Boletín 
22-08-2017

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170822-109

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE CASTELLÓN NÚMERO 2

109
Castellón número 2. Procedimiento 915 de 2015, notificación a Eferestof, S. L.

EDICTO

Doña María Consuelo Barberá Barrios, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de los de Castellón.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos número 915 de 2015 a instancias de don Tomás Estévez Méndez, contra INSS, TGSS, Mutua Fremap y “Eferestof, Sociedad Limitada”, en la que el día 9 de febrero de 2017 se ha dictado resolución cuya parte dispositiva dice:

Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por don Tomás Estévez Méndez, contra el Instituto de la Seguridad Social y la Tesorería de la Seguridad Social, Mutua Fremap y “Eferestof, Sociedad Limitada”, absolviendo a las demandadas de los pedimentos formulados en su contra.

Notifíquese a las partes la presente resolución, con advertencia de que la resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Valenciana, que deberá anunciarse dentro de los cinco días siguientes a esta notificación, bastando, para ello, la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante, al hacerle la notificación, de su propósito de entablar tal recurso o por comparecencia o por escrito, también de cualquiera de ellos, ante este Juzgado de lo social.

Y para que conste y sirva de notificación a “Eferestof, Sociedad Limitada”, que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, advirtiendo de que las restantes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o de decreto cuando pongan fin al proceso o resuelva un incidente, o cuando se trate de emplazamiento, expido el presente en Castellón, a 17 de julio de 2017.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/27.054/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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