Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 65

Fecha del Boletín 
18-03-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110318-134

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5

EDICTO

134
Demanda 925 de 2010

Doña Paloma Zotes Alijas, secretaria de lo social del número 5 de Madrid.

Hago saber: Que por propuesta de providencia dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancias de don Ignacio Patán López contra don Juan Bautista Pérez Aparicio, don Javier Tudela de la Concepción, “Rúcula Food, Sociedad Limitada”, “Incentral Internet, Sociedad Limitada”, “Gestiones Patrimoniales Tudcon, Sociedad Limitada”, en reclamación por ordinario, registrado con el número 925 de 2010, se ha acordado citar a don Juan Bautista Pérez Aparicio, don Javier Tudela de la Concepción, “Rúcula Food, Sociedad Limitada”, “Incentral Internet, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, a fin de que comparezcan el día 22 de marzo de 2011, a las once horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 5, sito en la calle Hernani, número 59, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intenten valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Y para que sirva de citación a don Juan Bautista Pérez Aparicio, don Javier Tudela de la Concepción, “Rúcula Food, Sociedad Limitada”, “Incentral Internet, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 1 de marzo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/9.137/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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