Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 160

Fecha del Boletín 
08-07-2011

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110708-127

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN

OTROS ANUNCIOS

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Procedimientos sancionadores

En relación con los procedimientos sancionadores números 44/2010-S y 35/2010, siendo interesados, respectivamente, don Miguel Vicente Catalina Esteban y don Víctor Gómez Contreras, ha sido adoptado en el primero resolución del concejal-delegado del Área de Medio Ambiente y el segundo ha sido resuelto por la Junta de Gobierno Local.

Ambas resoluciones tienen carácter definitivo, poniendo fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, pudiéndose impugnar mediante interposición de recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la presente publicación, no obstante, podrá interponer de la misma forma y en el plazo de un mes, con carácter previo, recurso de reposición ante el órgano municipal que resolvió el procedimiento. Igualmente, podrá utilizar otros recursos.

Lo que se hace público a los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y con el fin de su exposición en el tablón de edictos del Ayuntamiento y de su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, toda vez que intentadas las notificaciones a las personas afectadas a que se vienen haciendo mención, no han podido ser practicadas.

Villaviciosa de Odón, a 21 de junio de 2011.—El alcalde-presidente, José Jover Sanz.

(02/6.030/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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