Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 293

Fecha del Boletín 
09-12-2014

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141209-146

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

146
Procedimiento ordinario 780 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 780 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Nora Inés Muñoz Huaquifil, frente a don Jesús Sanz Muñoz, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 313 de 2014

En Madrid, a 9 de octubre de 2014.—Vistos por mí, doña Silvia Plaza Ballesteros, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 24 de Madrid, los autos de procedimiento ordinario en reclamación de cantidad seguidos ante este Juzgado bajo el número 780 de 2013, a instancias de doña Nora Inés Muñoz Huaquifil, asistida por el letrado don José Luis López Álvarez, contra don Jesús Sanz Muñoz, que no comparece pese a estar citado en forma, cuyos autos versan sobre reclamación de cantidad, y atendiendo a la siguiente resolución.

Vistos además de los citados los demás preceptos de general aplicación,

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por doña Nora Inés Muñoz Huaquifil, contra don Jesús Sanz Muñoz, debo condenar y condeno a don Jesús Sanz Muñoz a pagar a doña Nora Inés Muñoz Huaquifil la cantidad de 2.789,39 euros que devengará el 10 por 100 de interés por mora respecto de los conceptos salariales reclamados.

Notifíquese esta sentencia a las partes, a las que se advierte que contra la misma no cabe interponer recurso de suplicación.

Así lo acuerda, manda y firma doña Silvia Plaza Ballesteros, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Publicación

Dada, leída y publicada la anterior sentencia por la magistrada-juez que la dictó encontrándose celebrando audiencia pública el día de su fecha, de lo que yo, la secretaria, doy fe.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Jesús Sanz Muñoz, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de noviembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.984/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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