Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 292

Fecha del Boletín 
08-12-2014

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141208-5

Páginas: 4


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

5
Delegación de atribuciones

De conformidad con lo establecido en los artículos 53, 54, 56 a 58 y 60 a 62 del Reglamento Orgánico Municipal, se hacen públicos los siguientes acuerdos y decretos adoptados en materia de organización y funcionamiento (delegación de atribuciones) de este Ayuntamiento, en la forma en que se indica a continuación:

1. Decreto de la Alcaldía 3691/2014, de 10 de julio, sobre la suspensión de la delegación de atribuciones propias de la Alcaldía en Concejalías.

“Mediante decreto de esta Alcaldía 15/2013, de 10 de enero, sobre reestructuración y organización del Gobierno Municipal y modificación de las delegaciones de atribuciones, presidentes de Comisiones de Pleno y de los Distritos (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 47, de 25 de febrero de 2013), se establecieron las delegaciones actualmente vigentes del alcalde en los concejales-delegados para el mandato 2011-2015.

Ante las actuaciones judiciales que pudieran dificultar el normal funcionamiento de la estructura administrativa y siendo obligación de esta Alcaldía garantizar la gestión diaria del Ayuntamiento en el ejercicio de su función de dirigir la política, el gobierno y la Administración Municipal.

Considerando las atribuciones de competencias a favor del alcalde señaladas en el artículo 124.4.b), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local.

Por todo ello, en virtud de las facultades que me confiere el artículo 124.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en relación a los artículos 12 y 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Visto asimismo lo dispuesto en los artículos 53, 54 y 56 a 58 del Reglamento Orgánico Municipal, aprobado por el Pleno en sesión de 31 de marzo de 2005 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 101, de 29 de abril de 2005).

Por todo lo expuesto, vengo a resolver:

Primero.—Suspender temporalmente el decreto de Alcaldía 15/2013, de 10 de enero, sobre reestructuración y organización del Gobierno Municipal y modificación de las delegaciones de atribuciones, presidentes de Comisiones de Pleno y de los Distritos (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 47, de 25 de febrero de 2013), se establecieron las delegaciones actualmente vigentes del alcalde en los concejales-delegados para el mandato 2011-2015, en cuanto se refiere a las delegaciones efectuadas en materia de medio ambiente, asignadas al concejal don Alejandro Utrilla Palombi.

Durante la vigencia de la suspensión temporal de las delegaciones indicadas, las mismas serán delegadas y asignadas de forma temporal en el siguiente sentido:

1.1. Delegar temporalmente en el concejal de Urbanismo y Medio Ambiente, don Jesús Pato Ballesteros todas las facultades suspendidas temporalmente, salvo la indicada en el punto siguiente (1.2).

1.2. Delegar temporalmente en la concejala adjunta de Movilidad y Patrimonio, doña Paloma Tejero Toledo, la facultad siguiente:

a) Vicepresidencia de la Gerencia Municipal de Urbanismo, en virtud de lo previsto en el artículo 7.4 de los Estatutos de la misma, aprobados por acuerdo del Pleno de 14 de febrero de 2008.

Segundo.—Integrar el presente acuerdo en el decreto de la Alcaldía 15/2013, de 10 de enero, sobre reestructuración y organización del Gobierno Municipal y modificación de las delegaciones de atribuciones, presidentes de Comisiones de Pleno y de los Distritos (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 47, de 25 de febrero de 2013), donde se establecieron las delegaciones actualmente vigentes del alcalde en los concejales-delegados para el mandato 2011-2015.

Tercero.—Deberá publicarse la delegación efectuada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y darse cuenta a la Junta de Gobierno Local.

Cuarto.—El alcalde podrá revocar y avocar en cualquier momento las competencias delegadas con arreglo a la legislación vigente sobre procedimiento administrativo común.

Quinto.—Los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del presente decreto por órganos distintos de los competentes de acuerdo con el mismo, se seguirán tramitando y se resolverán por los órganos que resulten competentes en virtud del nuevo reparto de competencias.

Sexto.—Quedan derogadas expresamente todos los decretos adoptados anteriormente en cuanto a delegaciones de la Alcaldía en concejales-delegados, en aquello que se opongan al presente decreto.

Séptimo.—Notificar el presente acuerdo a los interesados, para que den traslado a los servicios municipales competentes.

Móstoles, a 28 de octubre de 2014.—El alcalde (firmado). Doy fe, el titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local (firmado)”.

2. Decreto de la Alcaldía 3964/2014, de 13 de noviembre, sobre la Modificación Parcial de la Delegación de Atribuciones Propias de la Alcaldía en Concejalías.

“Mediante decreto de esta Alcaldía 15/2013, de 10 de enero, sobre reestructuración y organización del Gobierno Municipal y modificación de las delegaciones de atribuciones, presidentes de Comisiones de Pleno y de los Distritos (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 47, de 25 de febrero de 2013), se establecieron las delegaciones actualmente vigentes del alcalde en los concejales-delegados para el mandato 2011-2015.

Mediante decreto de esta Alcaldía 3691/2014, de 28 de octubre, se acordó la suspensión temporal de la delegación realizada por esta Alcaldía mediante el decreto 15/2013, en el concejal adjunto de Medio Ambiente, asignándose temporalmente la realización de esa delegación a otros concejales.

Considerando que el concejal don Alejandro Utrilla Palombi, titular del Área adjunta de Medio Ambiente presentó su renuncia al cargo de concejal mediante escrito de 30 de octubre de 2014, adoptándose por el Pleno celebrado en fecha 7 de noviembre de 2014, acuerdo de toma de conocimiento de tal circunstancia.

Considerando que como consecuencia de la vacante, procede reordenar y modificar de forma definitiva el ejercicio de las delegaciones de la anterior Área de Medio Ambiente, realizando aquellos ajustes que se consideran serán más adecuados para una mejor prestación de los servicios públicos.

Entendiendo conveniente para los intereses públicos locales la adaptación de la gestión a la realidad cambiante del entorno y considerando que como consecuencia de la gestión diaria de esta Administración se debe realizar un proceso de mejora continua en la gestión que pueden afectar a la redefinición puntual del cuadro general de delegación de atribuciones definido en el ya mencionado decreto 15/2013, de 10 de enero.

Considerando las atribuciones de competencias a favor del alcalde señaladas en el artículo 124.4.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local; así como en el artículo 30.1.a) de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, la formalización de los convenios y contratos en que sea parte el Ayuntamiento.

Por todo ello, en virtud de las facultades que me confiere el artículo 124.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en relación a los artículos 12 y 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Visto asimismo lo dispuesto en los artículos 53, 54 y 56 a 58 del Reglamento Orgánico Municipal, aprobado por el Pleno en sesión de 31 de marzo de 2005 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID 101, de 29 de abril de 2005).

Por todo lo expuesto, vengo a resolver:

Primero.—Dar por finalizado desde la emisión del presente decreto, los efectos del decreto 3691/14, de 28 de octubre: suspensión temporal de la delegación realizada por esta Alcaldía en el concejal adjunto de Medio Ambiente.

Segundo.—Modificar parcialmente el decreto de Alcaldía 15/2013, de 10 de enero, sobre reestructuración y organización del Gobierno Municipal y modificación de las delegaciones de atribuciones, presidentes de Comisiones de Pleno y de los Distritos (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 47, de 25 de febrero de 2013), se establecieron las delegaciones actualmente vigentes del alcalde en los concejales-delegados para el mandato 2011-2015, en el siguiente sentido:

1.1. Delegar en el titular de la Concejalía de Urbanismo y Medio Ambiente, que conforme al decreto 15/2013, de 10 de enero, es don Jesús Pato Ballesteros la atribución propia de esta Alcaldía en la siguiente sentido:

1.1.1. Servicios y Departamentos que comprende:

Se realiza adscripción directa en el titular de la Concejalía de Urbanismo y Medio Ambiente, los siguientes Servicios y Departamentos que se incorporan a los que ya tiene adscritos:

— Medio Ambiente.

— Limpieza Viaria.

— Gestión de Residuos.

— Recogida de enseres.

— Limpieza de fachadas.

— Punto limpio.

— Las Áreas de Parques y Jardines; así como Movilidad y Patrimonio.

1.1.2. Atribuciones delegadas.

— Las atribuciones genéricas de las áreas que comprende.

1.2. Delegar en la concejala doña Elena López Barraya la asignación como concejala adjunta de Parques y Jardines, en los siguientes términos:

1.2.1. La Concejalía adjunta indicada estará comprendida por un único Departamento o servicio que será el de Parques y Jardines, no obstante se incorpora e integra en el Departamento o servicio de Parques y Jardines, el Centro de Educación Ambiental.

1.2.2. Las atribuciones que se le delegan serán las siguientes:

a) Ordenar la publicación, ejecución y cumplimiento de los acuerdos de los órganos ejecutivos del Ayuntamiento en el ámbito de los asuntos de los Departamentos y Servicios de su ámbito de delegación.

b) La gestión, incluida la emisión de actos o resoluciones administrativas que afecten a terceros, así como la revisión de dichos actos, en el ámbito de los asuntos de los Departamentos y Servicios de su ámbito de delegación.

c) Orden de expedición y visto bueno de certificaciones de los acuerdos de órganos unipersonales y documentación obrante en las áreas de su ámbito de delegación.

d) Solicitud de subvenciones a otras administraciones u organismos públicos en las áreas de su ámbito de delegación.

e) Formalizar los Convenios de Patrocinio que se ajusten al contenido del Convenio-Tipo de Colaboración Empresarial en Actividades de Interés General (artículo 25 de la Ley 49/2002), en las materias objeto de sus competencias o atribuciones delegadas.

f) Oficios de comunicación a autoridades y organismos públicos en el ámbito de los asuntos de su ámbito de delegación.

g) El otorgamiento de licencias o autorizaciones de tala de masas arbóreas, de vegetación arbustiva o de árboles aislados que, por sus características, puedan afectar al paisaje o estén protegidos por la legislación sectorial correspondiente.

h) Las autorizaciones o licencias de tala de árboles previstas en la Ley 8/2005, de 26 de diciembre, de Protección y Fomento del Arbolado Urbano de la Comunidad de Madrid.

1.3. Delegar en la concejala adjunta de Movilidad y Patrimonio, doña Paloma Tejero Toledo, la facultad siguiente:

a) Vicepresidencia de la Gerencia Municipal de Urbanismo, en virtud de lo previsto en el artículo 7.4 de los Estatutos de la misma, aprobados por acuerdo del Pleno de 14 de febrero de 2008.

Tercero.—Integrar el presente acuerdo en el decreto de la Alcaldía 15/2013, de 10 de enero, sobre reestructuración y organización del Gobierno Municipal y modificación de las delegaciones de atribuciones, presidentes de Comisiones de Pleno y de los Distritos (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 47, de 25 de febrero de 2013), donde se establecieron las delegaciones actualmente vigentes del alcalde en los concejales-delegados para el mandato 2011-2015.

Cuarto.—Deberá publicarse la delegación efectuada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y darse cuenta a la Junta de Gobierno Local.

Quinto.—El alcalde podrá revocar y avocar en cualquier momento las competencias delegadas con arreglo a la legislación vigente sobre procedimiento administrativo común.

Sexto.—Los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del presente decreto por órganos distintos de los competentes de acuerdo con el mismo, se seguirán tramitando y se resolverán por los órganos que resulten competentes en virtud del nuevo reparto de competencias.

Séptimo.—Quedan derogadas expresamente todos los decretos adoptados anteriormente en cuanto a delegaciones de la Alcaldía en concejales-delegados, en aquello que se opongan al presente decreto.

Octavo.—Notificar el presente acuerdo a los interesados, así como a la concejal interesados para que den traslado a los servicios municipales competentes.

Móstoles, a 13 de noviembre de 2014.—El alcalde (firmado).—Doy fe, titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local (firmado)”.

Móstoles, a 20 de noviembre de 2014.—El titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, Emilio J. de Galdo Casado.

(03/36.079/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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