Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 279

Fecha del Boletín 
24-11-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141124-124

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

124
Ejecución 260 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 260 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don George Teclici, frente a Fondo de Garantía Salarial, “Aluminios Cano, Sociedad Limitada” y “Aluminios y Ventanas Madrid, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Se acuerda:

El embargo del bien/es inmueble/es que se describe/n a continuación, como propiedad de “Aluminios Cano, Sociedad Limitada” y “Aluminios y Ventanas Madrid, Sociedad Limitada”, para responder de la cantidad de 4.639,32 euros, más 1.000 euros para intereses y costas provisionalmente calculados para este procedimiento seguido a instancias de don George Teclici, contra “Aluminios Cano, Sociedad Limitada” y “Aluminios y Ventanas Madrid, Sociedad Limitada”.

Urbana.—Número 21. Nave industrial número 20, situada en el conjunto sureste, del conjunto de naves industriales en término de Alcobendas, en el lugar denominado Pedazo de la Culebra, con acceso por la avenida de Valdelaparra. Tiene su entrada orientada al norte, a la calle Central, hoy avenida de Valdelaparra, número 4. La edificación consiste en una nave de planta baja que mide aproximadamente 245 metros con 73 decímetros cuadrados, con una zona de entreplanta con una superficie de 208 metros cuadrados; a la izquierda entrando y fondo de esta nave existe una zona abierta dedicada a patio anejo, que mide 285 metros cuadrados, aproximadamente. Finca número 32.688 de Alcobendas, inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Alcobendas (Madrid), al tomo 1249, libro 1151, folio 17. A nombre titular de “Aluminios y Ventanas Madrid, Sociedad Limitada”.

Urbana.—Número 48. Nave industrial número 48. Se encuentra situada en la parcela identificada con el número 4 del Proyecto de Compensación Sector S-19B de Ciempozuelos, hoy calle Las Moreras. Tiene una superficie construida en planta baja de 158,25 metros cuadrados y en entreplanta de 48,93 metros cuadrados, haciendo un total de 207,18 metros cuadrados. La construcción consiste en cimentación de zapatas aisladas de hormigón, estructura de hormigón armado prefabricado. La cubierta de doble chapa galvanizada con aislante. Tiente servicios e instalaciones de agua corriente, saneamiento, instalaciones eléctricas de alumbrado y canalización telefónica. Finca de Ciempozuelos número 20397, inscrita en el Registro de la Propiedad de Ciempozuelos al tomo 1985, libro 412, folio 127. A nombre titular de “Aluminios Cano, Sociedad Limitada”.

a) Líbrese mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes, y en su caso, de sus cargas y gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.

b) Requiérase al ejecutado para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente decreto.

c) Se designa perito para la tasación de los bienes embargados en estas actuaciones a doña Virginia Márquez Ramírez, mayor de edad, y vecina de Madrid, con domicilio en la calle Núñez de Balboa, número 93, segundo derecha (Madrid), quien, en su caso, deberá comparecer en el plazo de una audiencia para aceptar y jurar el cargo, emitiendo informe en el término de ocho días.

Póngase en conocimiento de las partes o terceros que conste tengan derecho sobre los bienes a tasar, el nombramiento efectuado, para que, dentro del segundo día puedan designar otro por su parte, con la prevención de que si no lo hicieran se les tendrá por conforme, practicándose únicamente el avalúo por el perito antes nombrado.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acordado y firmo.—Doy fe, la secretaria judicial.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Aluminios Cano, Sociedad Limitada, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de abril de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/35.278/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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