Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 283

Fecha del Boletín 
28-11-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141128-104

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 62

104
Juicio ejecutivo 527 de 1995

EDICTO

Doña María Victoria Fidalgo Iglesias, secretaria del Juzgado de primera instancia número 62 de Madrid.

Hace saber: Que en este Juzgado se siguen autos de juicio ejecutivo número 527 de 1995, a instancias de “Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona”, contra don Gabriel Jaime Acevedo Navarro y doña Gloria Cecilia Cuartas de Acevedo, en los que se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 17 de julio de 1995.—Doña Soledad Fernández del Mazo, magistrada-juez sustituta del Juzgado de primera instancia número 62 de esta capital, ha visto los presentes autos de juicio ejecutivo promovidos por “Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona”, representada por la procuradora doña Paz Santamaría Zapata y dirigida por letrado, contra don Gabriel Jaime Acevedo Navarro y doña Gloria Cecilia Cuartas de Acevedo, declarados en rebeldía; y...

Fallo

Que debo mandar y mando seguir adelante la ejecución despachada, hasta hacer trance y remate de los bienes embargados a don Gabriel Jaime Acevedo Navarro y doña Gloria Cecilia Cuartas de Acevedo, y con su producto, entero y cumplido pago a la parte actora de las responsabilidades por que se despachó la ejecución, la cantidad de 710.211 pesetas, importe del principal, comisión e intereses pactados hasta la fecha invocada, y, además, al pago de los intereses de demora también pactados y las costas, a cuyo pago debo condenar y condeno expresamente a la parte demandada.

Dada la situación de rebeldía de los demandados, notifíqueseles esta sentencia en la forma que determina el artículo 769 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, si así lo pide la parte actora.

Contra esta sentencia podrá interponerse en este Juzgado recurso de apelación en el plazo de cinco días a contar desde su notificación.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, y para que sirva de notificación en forma a don Gabriel Jaime Acevedo Navarro y doña Gloria Cecilia Cuartas de Acevedo se expide el presente.

Madrid, a 22 de septiembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(02/6.483/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141128-104