Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 196

Fecha del Boletín 
19-08-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140819-106

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18

106
Ejecución 218 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 218 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Jesús Gutiérrez Duce y doña Maricela Gañán Cortés, frente a “Euro Restauración Mediterránea, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se han dictado las siguientes resoluciones:

Parte dispositiva:

Se acuerda subsanar la omisión advertida en el auto de ejecución de fecha 25 de abril de 2014, en el sentido de que debe constar la demandante doña María Jesús Gutiérrez Duce en el hecho primero del auto de ejecución de fecha 14 de noviembre de 2014, y en su virtud, deberá constar: «El presente procedimiento seguido entre las partes: de una, como demandantes, doña Maricela Gañán Cortés y doña María Jesús Gutiérrez Duce, y de otra, como demandada, “Euro Restauración Mediterránea, Sociedad Limitada”, consta sentencia de fecha 12 de agosto de 2013, cuyo contenido se da por reproducido».

Y, asimismo, en la parte dispositiva del mencionado auto debería constar:

«Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante doña Maricela Gañán Cortés y doña María Jesús Gutiérrez Duce, frente a la demandada “Euro Restauración Mediterránea, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 28.300,16 euros (9.036,05 euros para doña Maricela Gañán Cortés y 19.264,11 euros para doña María Jesús Gutiérrez Duce), más 4.599,00 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.»

Notifíquese a las partes y remítase testimonio del mismo a la parte demandante.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Ofelia Ruiz Pontones.

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.

Parte dispositiva:

Se acuerda subsanar la omisión advertida en el decreto de embargo de fecha 14 de noviembre de 2013 y en el decreto de insolvencia de fecha 25 de abril de 2014, en el sentido de que la demandante doña María Jesús Gutiérrez Duce ha de constar en los encabezamientos de las resoluciones de fechas 14 de noviembre de 2013 y 24 de abril de 2014 en los términos siguientes:

“Ejecutantes: doña María Jesús Gutiérrez Duce y doña Maricela Gañán Cortés.”

En el hecho primero del decreto de embargo de fecha 14 de noviembre de 2013 en los siguientes términos: «En el presente procedimiento seguido entre doña Maricela Gañán Cortés y doña María Jesús Gutiérrez Duce, como demandantes, y “Euro Restauración Mediterránea, Sociedad Limitada”, como demandada, consta sentencia de fecha 12 de agosto de 2013, cuyo contenido se da por reproducido.»

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarase el día siguiente a la notificación de este decreto.

Notifíquese a las partes, al Fondo de Garantía Salarial y remítase testimonio a la parte demandante a los efectos legales oportunos.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La secretaria judicial, Pilar Ortiz Martínez.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Euro Restauración Mediterránea, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de julio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/24.010/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140819-106