Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 4

Fecha del Boletín 
05-01-2017

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170105-96

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ARGANDA DEL REY NÚMERO 3

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Arganda del Rey número 3. Procedimiento 71 de 2012, notificación a Anajorsan, S. L.

EDICTO

Don Pedro Manuel Moreno Palancar, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia e instrucción número 3 de Arganda del Rey.

Hago saber: Que en los autos de juicio verbal número 71 de 2012, seguidos en este Juzgado a instancias de doña María del Carmen García Winglet, frente a “Anajorsan, Sociedad Limitada”, y “Silcar 2001 Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, se ha dictado sentencia de 27 de noviembre de 2013, cuyo extracto es del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Arganda del Rey, a 27 de noviembre de 2013.—Vistos por mí, ilustrísima señora doña Elena de Lizaur García-Margallo, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 3 de Arganda del Rey (Madrid), los presentes autos de juicio verbal número 71 de 2012, seguidos a instancias de doña María del Carmen García Winglet, representada por el procurador de los Tribunales, señor Guadalix Hidalgo y asistida de la letrada señora Delgado Lucía, contra “Anajorsan, Sociedad Limitada”, declarada en situación de rebeldía procesal y contra “Silcar 2001 Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, representada por el procurador de los Tribunales señor Lozano Nuño y asistida por el letrado señor Mengual Mora, sobre reclamación de cantidad de daños y perjuicios, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey, dicto la siguiente sentencia.

Fallo

Que estimando la excepción de falta de legitimación pasiva de “Silcar 2001 Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, debo desestimar la demanda respecto a dicha codemandada y absolver y absuelvo a la misma de la reclamación contra ella formulada en este procedimiento, con condena a la actora de las costas causadas por dicha codemandada en esta instancia.

Que estimando la demanda interpuesta en nombre de doña María del Carmen García Winglet, contra “Anajorsan, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a dicha codemandada a satisfacer a la actora la cantidad de 3.529,78 euros de principal, así como los intereses devengados en la forma establecida en el fundamento de derecho quinto de la presente resolución y condenándole igualmente al pago de las costas causadas en esta instancia por la actora.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, en plazo de veinte días en la forma prevista en el artículo 457 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de la mercantil “Anajorsan, Sociedad Limitada”, se extiende la presente para que sirva de notificación a dicha demandada.

Arganda del Rey, a 17 de noviembre de 2015.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/42.942/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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