Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 268

Fecha del Boletín 
08-11-2016

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161108-193

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

193
Madrid número 38. Procedimiento 1.193 de 2011

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Lorena Quiroja Morales, letrada de la Administración de Justicia, en sustitución, del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.193 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Manuel Sepúlveda Norambuena, frente a don Francisco Javier Herrero Calvo, Fondo de Garantía Salarial y “Quality Soluciones Técnicas y Laborales Especiales en Construcciones y Reformas, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado auto de fecha 28 de septiembre de 2016, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Se acuerda tener por desistido a la parte actora don José Manuel Sepúlveda Norambuena de la acción ejercitada en este procedimiento con respecto a doña Soledad Calvo Murillo y don Carlos Salvador Herrero Calvo, herederos de la parte codemandada don Francisco Javier Herrero Calvo, manteniendo la acción con respecto a la otra parte codemandada “Quality Soluciones Técnicas y Laborales Especiales en Construcciones y Reformas, Sociedad Limitada”.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número de cuenta 2708/0000/60/1193/11.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don Fernando Lisbona Laguna.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Quality Soluciones Técnicas y Laborales Especiales en Construcciones y Reformas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de septiembre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia, en sustitución (firmado).

(03/35.596/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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