Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 241

Fecha del Boletín 
07-10-2016

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161007-97

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17

97
Madrid número 17. Ejecución 147 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Paloma Muñiz Carrión, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 147 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Fernando Garrido Carmona, frente a “Grupo Trope Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa del laudo arbitral, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Se aprueba la liquidación de intereses practicada por la suma de 39,92 euros, a cuyo pago resulta condenada la parte demandada en las presentes actuaciones.

Póngase a disposición las cantidades resultantes de la liquidación de intereses, librándose al efecto los oportunos mandamientos poniéndose en su conocimiento que según lo dispuesto en el artículo 12 del Real Decreto 467/2006, los mandamientos de pago deben ser presentados al cobro en un plazo de tres meses a contar desde el día siguiente a la fecha de emisión de los mismos, vencido el plazo citado caducarán, procediendo a ingresar la cantidad en la cuenta de “Fondos provisionalmente abandonados”, prevista en el citado Real Decreto.

Se hace saber al ejecutante que antes de comparecer ante este Juzgado para retirar los mandamientos de pago, deberá confirmar que le puede ser entregado, mediante llamada telefónica al número 914 438 511 y que, de no ser retirados los mandamientos en el plazo de tres meses se transferirá la cantidad al Tesoro Público.

Devuélvase a la ejecutada la cantidad de 164,78 euros en concepto de sobrante, librándose al efecto el correspondiente mandamiento de pago con los apercibimientos anteriores.

Notifíquese la presente resolución a las partes y verificado el cobro de cantidades, procédase al archivo de las actuaciones.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, número 2515/0000/64/0147/15.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Grupo Trope Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de septiembre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/32.368/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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