Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 171

Fecha del Boletín 
19-07-2016

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160719-74

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

74
Madrid. Sección Duodécima. Recurso 375 de 2015

Sección Duodécima

EDICTO

Tribunal que lo dicta: Audiencia Provincial de Madrid, Sección Duodécima.

Recurso de apelación: número 375 de 2015.

En virtud de lo acordado en el recurso de apelación número 375 de 2015, que se tramita en este Tribunal, interpuesto por Tesorería General de la Seguridad Social, frente a “International Commerce and Distribution, Sociedad Anónima”, sobre derechos reales, al estar en ignorado paradero la demandada “Éxito Record, Sociedad Limitada”, por resolución de 20 de mayo de 2016, se ha acordado la publicación del presente edicto, conforme a lo dispuesto en los artículos 156, apartado 4, y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para llevar a efecto la notificación del auto de 4 de febrero de 2016, mediante la publicación del encabezamiento y fallo siguientes:

Auto número 30 de 2016

Ilustrísimos señores magistrados: don José Luis Díaz Roldán, don José María Torres Fernández de Sevilla y don Fernando Herrero de Egaña y Octavio de Toledo.—En Madrid, a 4 de febrero de 2016.

Visto en grado de apelación ante esta Audiencia Provincial, integrada por los señores magistrados expresados, los autos de tercería de dominio número 1.231 de 2014, procedentes del Juzgado de primera instancia número 12 de Madrid, a los que ha correspondido el rollo número 375 de 2015, en los que aparece como parte apelante la Tesorería General de la Seguridad Social, representada por el letrado de la Administración de la Seguridad Social, y como apeladas “International Commerce and Distribution, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora doña Verónica García Simal, y “Éxito Record, Sociedad Limitada”, en situación de rebeldía e incomparecida en esta alzada. Es magistrado ponente el ilustrísimo señor don José Luis Díaz Roldán, que expresa el parecer de la Sala.

Parte dispositiva:

La Sala acuerda: Debemos estimar y estimamos el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de la Tesorería General de la Seguridad Social contra el auto dictado por el Juzgado de primera instancia número 12 de Madrid, número 136 de 2015, de 13 de marzo, y, en consecuencia, revocamos la expresada resolución, desestimándose la demanda de tercería de dominio interpuesta por la mercantil “International Commerce And Distribution, Sociedad Anónima”, con la consecuencias que de esta declaración se derivan.

No se hace imposición de las costas devengadas en esta alzada. Se imponen a la sociedad actora las costas devengadas en la instancia.

Cúmplase al notificar esta resolución lo dispuesto en el artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, advirtiendo a las partes de que contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Remítase testimonio de esta resolución al Juzgado de procedencia, con devolución de los autos, en su caso, interesándose acuse de recibo.

Así por este nuestro auto, del que se unirá certificación literal al rollo de apelación, lo acordamos, mandamos y firmamos.

En Madrid, a 20 de junio de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia de la Sección, Carmen Pérez Rodríguez.

(03/24.548/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160719-74