Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 161

Fecha del Boletín 
08-07-2016

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160708-116

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

116
Móstoles número 2. Ejecución 114 de 2016

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en la ejecución número 114 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguida a instancias de don Julio Antonio Escobar Ortiz, frente a “Promacen Transformados, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución de fecha 8 de junio de 2016 del tenor literal siguiente:

Diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de Justicia, doña María Isabel Cano Campaña.—En Móstoles, a 8 de junio de 2016.

Únase escrito de don Julio Antonio Escobar Ortiz y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ampliación de la ejecución sobre “Burogestión 2000, Sociedad Limitada”, y se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle San Antonio, números 4-6, planta baja, 28931 Móstoles (Madrid), el día 14 de julio de 2016, a las nueve y cincuenta horas, sirviendo la notificación de esta resolució ncomo citación en legal forma, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada) se le tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado) el acto se celebrará sin su presencia.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda, siendo necesaria la constitución de un depósito por importe de 25 euros en la “Cuenta de consignaciones judiciales” del “Banco Santander”, IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, indicando en el campo “Concepto” el número 2851000064011416 y exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando exentos de constituir el mismo el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento de poner fin al recurso, quedando firme la resolución impugnada.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Burogestión 2000, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 22 de junio de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/24.385/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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