Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 159

Fecha del Boletín 
06-07-2016

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160706-95

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6

95
Madrid número 6. Ejecución 57 de 2016

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Eva San Pablo Moreno, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 6 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 57 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Javier Velo Gómez, don Jorge Segorbe Recio y don Wilson Segundo Castillo Guallpa, frente a “Andamios MAF, Sociedad Limitada”, y “K2 Urion, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se han dictado en fechas 13 de abril y 20 de mayo de 2016 las siguientes resoluciones:

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don Francisco Javier Velo Gómez, don Jorge Segorbe Recio y don Wilson Segundo Castillo Guallpa, frente a las demandadas “K2 Urion, Sociedad Limitada”, y “Andamios MAF, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 96.629,58 euros, más 5.797,77 euros y 9.662,95 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo: En relación con la ejecutada “Andamios MAF, Sociedad Limitada”, dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución, respecto de la indicada deudora.

Vista la anterior diligencia de constancia, una vez firme la presente resolución, póngase a disposición de los ejecutantes las siguientes cantidades, en concepto de parte de principal:

A don Wilson Segundo Castillo Guallpa: 1.597,78 euros.

A don Jorge Segorbe Recio: 3.534,93 euros.

A don Francisco Javier Velo Gómez: 1.384,96 euros.

Pudiendo designar, en un plazo de tres días desde la notificación de la presente, un número de cuenta de su titularidad al que transferir las cantidades obtenidas y las futuras que se obtuvieren. En caso de no designarlo en el plazo indicado, se expedirán mandamientos de pago a su nombre, que quedarán a su disposición en la Secretaría del Juzgado para su retirada.

Se hace saber a las partes que la ejecución continua por la cantidad de 90.111,91 euros en concepto de principal (22.090,64 euros correspondientes a don Wilson Segundo Castillo Guallpa, 48.873,16 euros correspondientes a don Jorge Segorbe Recio y 19.148,11 euros correspondientes a don Francisco Javier Velo Gómez), y por un total de 105.572,63 euros (las cantidades indicadas en concepto de principal, más 5.797,77 euros y 9.662,95 euros en concepto de intereses y costas provisionales, respectivamente).

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 90.111,91 euros de principal, se declara la insolvencia provisional parcial de la ejecutada “Andamios MAF, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Continúe la ejecución contra la mercantil “K2 Urion, Sociedad Limitada”.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Andamios MAF, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de junio de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/22.541/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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