Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 99

Fecha del Boletín 
27-04-2016

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160427-146

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17

146
Madrid número 17. Ejecución 16 de 2016

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Paloma Muñiz Carrión, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 16 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Fernando González Enjuto, frente a “Auriga Capital Investments, Sociedad Limitada”, “Cerro de las Damas, Sociedad Limitada”, y “Consultores de Firma Avanzada, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado auto de fecha 18 de marzo de 2016, cuya parte dispositiva literalmente dice:

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don Fernando González Enjuto, frente a las demandadas “Consultores de Firma Avanzada, Sociedad Limitada”, y “Cerro de las Damas, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 9.600,55 euros, más 672,03 euros y 960,05 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número 2515/0000/64/0016/16.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Paloma Rebate Labrandero.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Cerro de las Damas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de marzo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/12.583/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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