Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 63

Fecha del Boletín 
15-03-2016

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160315-139

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

139
Madrid número 15. Ejecución 141 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 141 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alberto Grueso Rubio, don Álvaro Villar Peña, doña Ana María González Flores, don Carlos Cuella Rojas, don Cristian Martín Díaz, don Juan Hidalgo López, doña Luz Adriana Suárez Rojas, doña Montserrat Manrubia Fontecha y doña Yolanda Sánchez Zapatero, frente a “Falcon Contratas y Servicios Auxiliares, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa del laudo arbitral, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Se acuerda subsanar el defecto advertido en el decreto de fecha 5 de febrero de 2016, consistente en que el principal por el que se sigue la ejecución de don Álvaro Villar Peña es la cantidad de 2.764,55 euros, en los siguientes términos:

“A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 17.370,65 euros de principal (correspondiendo 1.634,23 euros a la ejecución número 141 de 2015 de doña Ana María González Flores; 1.107,93 euros a la ejecución número 154 de 2015 de don Carlos Cuella Rojas; 1.481,72 euros a la ejecución número 162 de 2015 de doña Yolanda Sánchez Zapatero; 1.121,19 euros a la ejecución número 161 de 2015 de doña Montserrat Manrubia Fontecha; 10.967,97 euros a la ejecución número 272 de 2015: para don Alberto Grueso Rubio 2.663,69, para don Cristian Martín Díaz 2.663,79 euros, para don Juan Hidalgo López 2.875,84 euros y para don Álvaro Villar Peña 2.764,55 euros, y 1.057,61 euros a la ejecución número 1 de 2016 de doña Luz Adriana Suárez Rojas), más 1.737 euros de intereses y 1.737 euros calculados para costas, se declara la insolvencia provisional parcial de la ejecutada “Falcon Contratas y Servicios Auxiliares, Sociedad Anónima”, sin perjuicio de que pudieran encontrárseles nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago”.

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este decreto.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Falcon Contratas y Servicios Auxiliares, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de febrero de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/6.965/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160315-139