Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 42

Fecha del Boletín 
19-02-2016

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160219-236

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

236
Madrid número 32. Procedimiento ordinario 1.309 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Luisa Álvarez Castillo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.309 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Manuel Álvarez Villameriel, frente a “Escudo Comunicaciones y Servicios, Sociedad Limitada”, y “Superalia Limpieza y Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

En Madrid, a 14 de enero de 2016.

Parte dispositiva:

Se aprueba la conciliación obtenida por las partes en fecha 14 de enero de 2016, en los términos siguientes:

La parte actora en primer lugar desiste de “Superalia Limpieza y Servicios Integrales, Sociedad Limitada”.

La empresa reconoce por los conceptos de la demanda la cantidad neta de 771,75 euros, cuyo abono se realizará mediante dos transferencias bancarias, por importe de 385,87 euros, la primera de ellas pagadera el día 31 de enero de 2016 y la última de 385,88 euros a pagar el día 29 de febrero de 2016 en la cuenta bancaria en la que el trabajador percibía la nómina. El incumplimiento de cualquiera de los plazos podrá suponer la ejecución por la cantidad pendiente.

El trabajador acepta declarándose completamente liquidado, indemnizado, saldado y finiquitado por todos los conceptos sin que tenga nada más que reclamar ni pedir.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que frente a ella no cabe recurso, sin perjuicio de lo previsto por el artículo 84.6 de la Ley de la Jurisdicción Social sobre impugnabilidad de la validez de la avenencia dentro de los treinta días siguientes a su celebración.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Superalia Limpieza y Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de enero de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/3.588/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160219-236