Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 20

Fecha del Boletín 
25-01-2016

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160125-46

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 85

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Madrid número 85. Procedimiento 1.117 de 2013

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento de familia, divorcio contencioso número 1.117 de 2013, entre don Jorge Alejandro Gamarra Cabrera y doña Yessenia Rivera Miranda, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 297 de 2015

En Madrid, a 28 de mayo de 2015.—La ilustrísima señora doña María Serantes Gómez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 85 de Madrid y su partido, habiendo visto los presentes autos de divorcio contencioso número 1.117 de 2013 seguidos ante este Juzgado, entre partes: de una, y como demandante, don Jorge Alejandro Gamarra Cabrera, con procuradora doña Azucena Sebastián González, y de otra, como demandada, doña Yessenia Rivera Miranda, en situación procesal de rebeldía.

Fallo

Que estimando la demanda presentada por la procuradora doña Azucena Sebastián González, en nombre y representación de don Jorge Alejandro Gamarra Cabrera, frente a doña Yessenia Rivera Miranda, en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro la disolución, por divorcio, del matrimonio formado por los cónyuges don Jorge Alejandro Gamarra Cabrera y doña Yessenia Rivera Miranda celebrado el día 6 de mayo de 2010 en Madrid, con los efectos legales inherentes a tal situación.

Firme que sea esta resolución, líbrese oficio exhortatorio al encargado del Registro Civil, al que se acompañará testimonio de ella, a fin de que proceda a anotar su parte dispositiva en la correspondiente inscripción del matrimonio; y poniendo en las actuaciones certificación de la misma, inclúyase la presente en el libro de sentencias.

A la vista de la rebeldía de la demandada, notifíquesele la sentencia en la forma prevista en el artículo 500 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi sentencia, contra la que cabe recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial, que deberá prepararse, ante este Juzgado, en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a doña Yessenia Rivera Miranda expido y firmo la presente en Madrid, a 22 de diciembre de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/272/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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