Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 226

Fecha del Boletín 
23-09-2015

Sección 1.3.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150923-23

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE

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ORDEN 2731/2015, de 7 de septiembre, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se autoriza al colegio de Educación Infantil y Primaria “San Sebastián”, del municipio de El Boalo, a impartir Educación Secundaria Obligatoria.

La Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, establece en su artículo 29 que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles, grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo establecido en el artículo 27 de la Constitución y Leyes Orgánicas que lo desarrollan.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, establece en el artículo 111 la denominación de los centros públicos y, en el apartado 5 del citado artículo, atribuye a las Comunidades Autónomas la competencia para determinar la denominación de aquellos centros públicos que ofrezcan enseñanzas agrupadas de diferente modo al ordinario.

La Consejería de Educación, Juventud y Deporte de la Comunidad de Madrid, a tenor de lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 198/2015, de 4 de agosto, tiene atribuidas las competencias en relación con la enseñanza, constituyéndose en la administración educa­tiva competente de la Comunidad de Madrid, a los efectos que previene el conjunto del ordenamiento jurídico vigente en materia educativa. Tiene por ello competencia, entre otras, para autorizar las enseñanzas que se imparten en los centros y para adaptar la normativa de organización y funcionamiento de los centros docentes.

En desarrollo de dicha competencia, la Consejería de Educación Juventud y Deporte ha tramitado la Orden 3331/2010, de 11 de junio, y sus sucesivas modificaciones, así como la Orden 1017/2015, de 15 de abril, que permiten adaptar la normativa general de organización y funcionamiento de los centros docentes a las características singulares de los colegios de Educación Infantil y Primaria que son autorizados a impartir Educación Secundaria Obligatoria.

La presente Orden tiene por objeto autorizar al colegio de Educación Infantil y Primaria “San Sebastián”, del municipio de El Boalo, a impartir, con plena validez académica, Educación Secundaria Obligatoria.

En el proceso de elaboración de esta Orden ha emitido dictamen el Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid de acuerdo con el artículo 2.1 de la Ley 12/1999, de 29 de abril, de creación del Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid, modificado por el artículo 29 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre.

Por todo ello, en virtud de las competencias atribuidas por la legislación citada con anterioridad y en las disposiciones finales de los Reales Decretos 82/1996 y 83/1996, de 26 de enero, por los que se aprueban los reglamentos orgánicos de las escuelas de Educación Infantil y colegios de Educación Primaria y de los institutos de Educación Secundaria,

DISPONGO

Artículo 1

Autorización de enseñanzas

El centro público que se indica a continuación queda autorizado para impartir, con plena validez académica, Educación Secundaria Obligatoria, sin perjuicio de la continuidad de las enseñanzas que el centro ya tenga autorizadas:

28001873: Colegio de Educación Infantil, Primaria y Secundaria Obligatoria “San Sebastián”, del municipio de El Boalo.

Artículo 2

Incorporación de los alumnos de Educación Secundaria Obligatoria del colegio de Educación Infantil, Primaria y Secundaria Obligatoria “San Sebastián”, del municipio de El Boalo, al Programa Bilingüe de la Comunidad de Madrid

En la etapa de Educación Secundaria Obligatoria correspondiente al colegio de Educación Infantil, Primaria y Secundaria Obligatoria “San Sebastián”, del municipio de El Boalo, se impartirá el Programa Bilingüe de la Comunidad de Madrid.

Artículo 3

Organización y funcionamiento

En relación con la organización y funcionamiento del colegio de Educación Infantil, Primaria y Secundaria Obligatoria “San Sebastián”, del municipio de El Boalo, se estará a lo dispuesto en el capítulo II de la Orden 1017/2015, de 15 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se autoriza a tres colegios de Educación Infantil y Primaria a impartir Educación Secundaria Obligatoria y se dan instrucciones para la aplicación de la normativa de organización y funcionamiento en estos centros docentes.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA

Constitución del consejo escolar

El colegio de Educación Infantil, Primaria y Secundaria Obligatoria “San Sebastián”, del municipio de El Boalo, procederá a la constitución del consejo escolar en el primer trimestre del curso escolar 2015-2016, según los términos establecidos en el artículo 5 de la Orden 1017/2015, de 15 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte de la Comunidad de Madrid. Todos sus miembros serán elegidos en la misma convocatoria.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Habilitación

1. Las Direcciones Generales de Infraestructuras y Servicios; de Recursos Humanos; de Educación Infantil, Primaria y Secundaria y de Innovación, Becas y Ayudas a la Educación, en el ámbito de sus respectivas competencias, adoptarán las medidas oportunas para dictar cuantas resoluciones e instrucciones sean precisas para la aplicación de la presente Orden.

2. La Dirección de Área Territorial Madrid-Oeste, a través del servicio de inspección educativa, prestará el asesoramiento necesario y la máxima colaboración y apoyo al centro para la implantación de la presente Orden.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 7 de septiembre de 2015.

El Consejero de Educación, Juventud y Deporte, RAFAEL VAN GRIEKEN SALVADOR

(03/26.213/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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