Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 92

Fecha del Boletín 
20-04-2015

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150420-188

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

188
Ejecución 113 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento número 113 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio López Ortega y doña Thais Cordero Uceda, frente al Fondo de Garantía Salarial, “Mena Global Industries, Sociedad Limitada”, “Muebles Anticrisis Fuenlabrada” y “Trotter N Corporation, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

En Móstoles, a 26 de marzo de 2015.—El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta en la sentencia de fecha 22 de octubre de 2014 a la empresa “Trotter N Corporation, Sociedad Limitada”, en favor de los demandantes doña Thais Cordero Uceda y don Antonio López Ortega y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle San Antonio, números 6-8, 28931 Móstoles (Madrid), planta primera, el día 20 de mayo de 2015, a las nueve y cuarenta horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteseles en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada) se le tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.

No ha lugar a la prueba del interrogatorio del representante de la parte demandada al encontrarse la empresa “Trotter N Corporation, Sociedad Limitada”, en paradero desconocido y estarse realizando las notificaciones por el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Estando también en paradero desconocido la empresa “Mena Global Industries, Sociedad Limitada”, y no ser parte en este incidente.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Trotter N Corporation, Sociedad Limitada”, y “Mena Global Industries, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 26 de marzo de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/10.568/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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