Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 74

Fecha del Boletín 
28-03-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150328-40

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

40
Procedimiento 1.532 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.532 de 2013-I de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Moussa Zaghdoud, frente a “Ingeniería de Paisajes Naturales, Sociedad Limitada”, y “Paisajes y Áreas Verdes, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Estimo la demanda del actor don Moussa Zaghdoud y declaro improcedente el despido de dicho trabajador con efectos de fecha 11 de noviembre de 2013.

En consecuencia, condeno de forma solidaria a las dos empresas demandadas, “Paisajes y Áreas Verdes, Sociedad Limitada”, e “Ingeniería de Paisajes Naturales, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por las anteriores declaraciones y a que en el plazo de cinco días ejerciten su derecho de opción entre la readmisión del trabajador en las mismas condiciones anteriores al despido (relación indefinida), con abono de forma solidaria de salarios de tramitación a razón de 1.346,03 euros mensuales brutos con inclusión de prorrata de pagas extras desde la fecha del despido hasta la notificación de esta sentencia.

En otro caso, podrán optar las empresas por la extinción de la relación laboral, y con abono de una indemnización que queda fijada en 4.778,66 euros.

Contra esta sentencia cabe la interposición de recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.

Si la parte recurrente es la empresa, se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 300 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado, con la indicación del número de procedimiento 1532/2013, en la sucursal del “Banco Santander” (oficina en la planta primera de estos Juzgados), así como en el supuesto de no gozar de justicia gratuita, además, deberá acreditar el recurrente haber consignado en la misma entidad bancaria la cantidad objeto de condena. Al hacer el anuncio se designará por escrito o comparecencia al letrado que dirija el recurso, y si no se hiciera, se designará de oficio.

Asimismo, se hace saber a la empresa, en caso de recurso, que han de acreditar haber realizado la autoliquidación de tasas correspondientes conforme dispone la Ley 10/2012, de Tasas, de 20 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 21 de noviembre de 2012), y la orden HAP/2662/2012, de 13 de octubre (“Boletín Oficial del Estado” del día 15 de diciembre de 2012).

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Ingeniería de Paisajes Naturales, Sociedad Limitada”, y “Paisajes y Áreas Verdes, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 24 de febrero de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/7.272/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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