Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 3

Fecha del Boletín 
05-01-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150105-123

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE HUELVA NÚMERO 3

123
Procedimiento 1.224 de 2013

EDICTO

Doña María del Carmen Bellón Zurita, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Huelva.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1.224 de 2013, a instancias de la parte actora, don Juan Rodríguez Bermejo, contra “Ibérica de Sondeos, Sociedad Limitada”, administración concursal doña María Grande Bustos y Fondo de Garantía Salarial, sobre despidos/ceses en general, se han dictado sentencia de fecha 22 de julio de 2014 y auto de fecha 2 de octubre de 2014, cuyo fallo y parte dispositiva, respectivamente, son del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda presentada por don Juan Rodríguez Bermejo, contra “Ibérica de Sondeos, Sociedad Limitada”, y la administración concursal doña María Grande Bustos, declaro extinguido con efectos del día de la fecha el contrato del actor con dicha empresa, condenando a la entidad demandada a estar y pasar por esta declaración y a abonar al señor Rodríguez en concepto de indemnización la suma de 28.838,23 euros.

Notifíquese esta sentencia a las parets y se les advierte que contra ella cabe recurso de suplicación, ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciable en el plazo de cinco días hábiles siguientes a tal notificación por escrito o comparecencia o mediante simple manifestación al notificarle la presente ante este Juzgado de lo social.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Contra dicha resolución cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo social, en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, el cual deberá anunciarse dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, y pudiendo también anunciarse por comparecencia o por escrito de la parte o de su abogado o representante, ante este Juzgado de lo social, dentro del indicado plazo, debiendo nombrar letrado en el momento de anunciarlo, entendiéndose que llevará también su representación si no hubiere designación expresa de representante, si no lo hiciera y se tratara de trabajador o se disfrute del beneficio de justicia gratuita se le nombrará de oficio por el Juzgado. Y la empresa condenada, en su caso, y si no disfrutase de dicho beneficio, deberá presentar al tiempo de anunciar el recurso resguardo acreditativo de haber consignado en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta a nombre de este Juzgado bajo el número 1932000036122413 en la oficina principal de “Banesto” (calle Marina, número 2), de esta ciudad, la cantidad objeto de la condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista, y entregar al tiempo de interponerlo resguardo acreditativo de haber ingresado en la misma cuenta la cantidad de 300 euros.

Dispongo: No procede la aclaración solicitada por el señor Fernández Barrero de la sentencia de fecha 22 de julio de 2014, que se mantiene invariable en todos sus pronunciamientos.

Notifíquese la presente resolución, cuyo original se llevará al libro de sentencias a continuación de la de fecha 22 de julio de 2014 a todas las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno.

Así por este mi auto lo dispone y firma doña María Auxiliadora Salvago Sanz, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 3 de Huelva.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Ibérica de Sondeos, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Huelva, a 18 de noviembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/37.517/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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