Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 94

Fecha del Boletín 
22-04-2014

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140422-16

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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ORDEN 704/2014, de 1 de abril, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se somete a información pública la relación de bienes y derechos afectados por el proyecto «Actuaciones para la mejora medioambiental y del tratamiento de olores en la Estación Depuradora de Aguas Residuales de “Los Escoriales”», en el término municipal de El Escorial (expediente de expropiación forzosa número 359. Entidad beneficiaria: Canal de Isabel II).

El objeto del presente proyecto es definir las actuaciones a realizar en la Estación Depuradora de Aguas Residuales de “Los Escoriales”, con el fin de cumplir con los parámetros requeridos por la normativa vigente respecto a la calidad de las aguas ya tratadas, mediante la modificación del proceso biológico de tratamiento y mejoras en el tratamiento de los fangos resultantes. Todo ello supondrá una mejora ambiental significativa tanto en el entorno como, en particular, sobre el río Aulencia.

Con fecha 12 de septiembre de 2011, confirmada el 24 de abril de 2012, tras el análisis ambiental caso por caso realizado conforme prevé la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, la Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio resuelve que, con la aplicación de las medidas preventivas y correctoras propuestas por el promotor y las contenidas en la Resolución, así como con el cumplimiento de todos los requisitos que resulten exigibles, la actuación de referencia no se encuentra afectada por lo establecido en esa normativa.

Por la Comisión de Urbanismo de la Comunidad de Madrid, en su sesión de 17 de abril de 2013, se aprueba definitivamente el Plan Especial de Infraestructuras del proyecto «Actuaciones para la mejora medioambiental y del tratamiento de olores en la Estación Depuradora de Aguas Residuales de “Los Escoriales”», en el término municipal de El Escorial. Se hizo público en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 98, de 26 de abril de 2013.

La ejecución del proyecto de referencia requiere que se proceda a tramitar el correspondiente procedimiento de expropiación forzosa, con objeto de poder disponer de los terrenos necesarios para llevarlo a cabo.

La declaración de utilidad pública está implícita, en virtud del artículo 10 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, en relación con la disposición adicional octava de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.

En su virtud, una vez formulada la relación de bienes y derechos prevista en el artículo 17 de la Ley de Expropiación Forzosa y en aplicación de su artículo 18,

DISPONGO

Primero

Someter al trámite de información pública, durante el plazo de quince días, la relación de bienes y derechos afectados por el proyecto «Actuaciones para la mejora medioambiental y del tratamiento de olores en la Estación Depuradora de Aguas Residuales de “Los Escoriales”», en el término municipal de El Escorial (expediente de expropiación número 359. Entidad beneficiaria: Canal de Isabel II), que se adjunta a la presente Orden.

Segundo

La presente Orden será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en uno de los diarios de mayor difusión y, además; comunicada a los Ayuntamientos en cuyo término radiquen los bienes o derechos objeto de la expropiación, a efectos de que sea expuesta en el tablón de anuncios.

Tercero

La relación de bienes y derechos a que se refiere el apartado primero podrá examinarse durante el mencionado plazo de quince días, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en la División de Expropiaciones de Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima, en la calle Santa Engracia, número 125, 28003 Madrid, de nueve a catorce horas, así como en las dependencias del Ayuntamiento del término municipal donde se ubiquen las parcelas afectadas.

Durante dicho período, los interesados podrán formular cuantas alegaciones estimen oportunas, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la Ley de Expropiación Forzosa, mediante escrito dirigido a la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, en la plaza de Pontejos, número 3, 28012 Madrid. El modelo de dicho escrito, así como la información para su gestión telemática, podrá encontrarse en https://gestionesytramites.madrid.org/

En relación con aquellos bienes que se acrediten como de dominio público, se estará a lo dispuesto en la normativa sectorial sobre su uso.

Cuarto

Las afecciones que resultan necesarias para la ejecución del proyecto de obra y para permitir y asegurar el posterior mantenimiento y conservación de las infraestructuras, que se reseñan en el anejo a la presente Orden, se describen como:

— Expropiación (EXP): Para la ubicación de infraestructuras y su conservación. La superficie afectada depende de cada tipo de infraestructura.

— Ocupación temporal (OT): En esta zona, reflejada en los planos de afección, se hará desaparecer temporalmente todo obstáculo y sobre ella se realizarán todas las obras y operaciones precisas, cuya duración está condicionada por la total ejecución del proyecto de obra, restituyéndose a su estado inicial una vez finalizados los trabajos.

Madrid, a 1 de abril de 2014.—El Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, PD (Orden 1128/2013, de 25 de abril, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de abril de 2013), el Secretario General Técnico, José de la Uz Pardos.



(01/1.311/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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