Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 77

Fecha del Boletín 
01-04-2014

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140401-37

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

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Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

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Liquidación obras y honorarios

Expediente número 711/2013/17618.

Se ha emitido informe con fecha 5 de marzo de 2014 por los técnicos adscritos al Servicio de Conservación y Edificación Deficiente, en el que se pone de manifiesto lo siguiente:

“De acuerdo con el decreto del director general de Control de la Edificación de 6 de agosto de 2013, se ha procedido a la realización de las obras de demolición en ejecución subsidiaria inmediata y procedimiento de emergencia en la finca de referencia.

Las obras se iniciaron el 2 de agosto de 2013 y se finalizaron el 9 de agosto de 2013, habiendo consistido en:

— Demolición de la finca, desescombro, limpieza de las basuras y enseres acumulados en la zona sin edificación y ejecución de cerramiento, tanto en la alineación a la calle Sorgo como en la alineación a la calle Acónito.

El importe total de dichas obras, así como operaciones complementarias, asciende a la cantidad de 8.393,75 euros, de los cuales, 6.936,98 corresponden a la ejecución de las obras y 1.456,77 euros al IVA”.

Dada la urgencia de la actuación, no pudo darse avance de presupuesto en la resolución de 6 de agosto de 2013, habiendo ascendido el importe de dichas obras, según consta en el informe anteriormente transcrito, y de acuerdo con la relación valorada que se adjunta, a la cantidad de 8.393,75 euros.

Asimismo, se ha emitido informe con fecha 9 de septiembre de 2013 por el jefe del Departamento de Intervención en la Edificación del Servicio de Conservación y Edificación Deficiente, calculando los honorarios correspondientes a los Servicios de Coordinación de Seguridad y Salud de las obras realizadas en la finca número 76 de la calle del Sorgo, y de acuerdo con las certificaciones que se adjuntan, por un precio que asciende a 152,19 euros.

A la vista de lo expuesto, el director general de Control de la Edificación del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, por su resolución de 11 de marzo de 2014, ha dispuesto lo siguiente:

Requerir a la propiedad de la finca número 76 de la calle del Sorgo, de esta capital, para que ingrese la cantidad de 8.545,94 euros, correspondiente a las obras de demolición de la finca declarada en estado de ruina física inminente, desescombro, limpieza de basuras y enseres acumulados en la zona sin edificación y ejecución de cerramiento y honorarios de los Servicios de Coordinación de Seguridad y Salud de las obras realizadas en actuación inmediata. Dicha cantidad deberá ser ingresada en las arcas municipales en los términos contenidos en la carta de pago que le será notificada por la Unidad de Liquidaciones de Ejecución Sustitutoria del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública.

Esta resolución pone fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer contra la misma recurso de reposición ante el coordinador general de Gestión Urbanística, Vivienda y Obras, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación o publicación de la presente, o directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la notificación o publicación de la presente, sin perjuicio de cuantos otros estime oportuno deducir.

Con la presente publicación se consideran notificados los interesados desconocidos o con domicilio ignorado, a los efectos establecidos en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, a 12 de marzo de 2014.—El director general de Control de la Edificación, por delegación de firma (resolución de 6 de marzo de 2013), el jefe del Departamento de Intervención, L. Carlos Molina Arteche.

(01/928/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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