Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 67

Fecha del Boletín 
20-03-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140320-129

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 51

129
Procedimiento ordinario 173 de 2012

EDICTO

Doña Eva María de la Gala González, secretaria del Juzgado de primera instancia número 51 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 173 de 2012 se ha dictado la resolución cuyo contenido en extracto es el siguiente:

En Madrid, a 21 de junio de 2013.

Doña Almudena Maricalva Arranz, magistrada-juez de primera instancia número 51 de Madrid y su partido, habiendo visto los presentes autos de procedimiento ordinario número 173 de 2012, seguido ante este Juzgado, entre partes: de una, como demandante, “BMW Bank GMBH Sucursal en España”, con procurador don Virgilio José Navarro Cerrillo y, de otra, como demandados, doña Aurora Fernández Martí y “A&J Flórez Asesores y Abogados, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario.

Estimando la demanda interpuesta por el procurador de los Tribunales señor Navarro Cerrillo, como representación procesal de “BMW Bank GMBH Sucursal en España”:

a) Debo declarar y declaro extinguido el derecho de opción de compra que pudiera ostentar la demandada sobre el vehículos objeto de “leasing” por incumplimiento de las obligaciones.

b) Condeno a la arrendataria financiera a reintegrar la posesión del bien.

c) Condeno a las demandadas a abonar la suma de 10.324,41 euros por rentas vencidas e impagadas e intereses de demora vencidos de la estipulación cuarta.

d) Condeno al pago de los intereses de demora contractualmente pactados calculados al tipo del 2,5 mensual desde la fecha de presentación de la demanda.

e) Condeno a las demandadas al pago de una cantidad equivalente a la de la última cuota contractual por cada mes o fracción de mes que transcurra sin restituir la posesión del objeto arrendado desde la fecha de la presente resolución.

f) Condeno a las demandadas al pago de las costas procesales causadas.

Y, como consecuencia del ignorado paradero de “A&J Flórez Asesores y Abogados, Sociedad Limitada”, y doña Aurora Fernández Martí, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.—Doy fe.

Madrid, a 2 de enero de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(02/1.064/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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