Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 264

Fecha del Boletín 
06-11-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131106-96

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 75

96
Procedimiento 67 de 2013

EDICTO

Doña María Jesús Carasusán Albizu, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 75 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de divorcio contencioso tramitado ante este Juzgado bajo el número de autos 67 de 2013, a instancias de doña Manuela Martínez García Casco, representada por el procurador de los tribunales don Eduardo Francisco Garzón de la Calle, contra don Roland Laurent Tozzi, declarado en situación de rebeldía procesal y en ignorado paradero, se ha dictado sentencia de fecha 2 de octubre de 2013, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

Estimando parcialmente la demanda formulada por doña Manuela Martínez García Casco, representada por el procurador de los tribunales don Eduardo Francisco Garzón de la Calle, contra don Roland Laurent Tozzi, declarado en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro disuelto, por divorcio, el matrimonio de los referidos cónyuges, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración.

Se acuerda:

1.o Otorgar a la madre, señora Martínez García Casco, la guarda y custodia del hijo menor de edad, Óscar Gabriel, siendo la patria potestad compartida.

2.o Se atribuye al hijo y a la madre el uso de la vivienda familiar sita en la calle Manuel Valle, número 1, piso cuarto G, de Madrid.

3.o No procede fijar régimen de visitas a favor del progenitor no custodio.

4.o No procede fijar pensión de alimentos a cargo del progenitor no custodio.

No procede hacer pronunciamiento sobre las costas causadas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en los veinte días siguientes a la notificación de la presente resolución, ante este Juzgado, para ante la Audiencia Provincial de Madrid, debiendo acreditar al recurrente la constitución del depósito de 50 euros necesario para recurrir en apelación en el número de cuenta 2102/0000/02/0675/13 que este Juzgado tiene abierta en “Banesto” mediante la presentación de copia del resguardo u orden de ingreso.

Firme que sea la presente resolución, por la secretaria judicial se acordará su anotación en el Registro Civil del consulado correspondiente conforme a lo dispuesto en el artículo 755 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, para lo cual se expedirá el oportuno testimonio.

Líbrese y únase certificación de la sentencia para su unión a los autos, con inclusión del original en el libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma al demandado rebelde y en paradero desconocido don Roland Laurent Tozzi, mediante su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Madrid, a 4 de octubre de 2013.—La secretaria (firmado).

(03/33.240/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131106-96