Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 169

Fecha del Boletín 
18-07-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130718-228

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE JAÉN NÚMERO 1

228
Procedimiento 314 de 2012

EDICTO

Doña María Asunción Saiz de Marco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Jaén.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 314 de 2012, a instancias de la parte actora don Rafael Morales Garrido, contra “Tránsitos Solana, Sociedad Limitada”, sobre social ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 5 de junio de 2013, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 209 de 2013

En Jaén, a 5 de junio de 2013.—Vistos en juicio oral y público por la ilustrísima señora doña Francisca Martínez Molina, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 1 de Jaén, los presentes autos con número 314 de 2012, sobre reclamación de cantidad, interpuestos por don Rafael Morales Garrido, asistido por el letrado don Antonio Pérez Gelde, frente a la empresa “Tránsitos Solana, Sociedad Limitada”, que no comparece pese a estar citada en forma, citado el Fondo de Garantía Salarial que comparece representado por la letrada doña María José Garrido Cámara, se procede en nombre de Su Majestad el Rey a dictar la presente resolución:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Rafael Morales Garrido, contra la empresa “Tránsitos Solana, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa a pagar al actor la cantidad de 5.500 euros, de la que 1.907,45 euros devengará el 10 por 100 de interés por mora y el resto el interés legal.

Con absolución del Fondo de Garantía Salarial, que responderá de conformidad con lo dispuesto en el ordenamiento jurídico.

Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente y líbrese testimonio de la misma para su constancia en autos, y notifíquese la presente sentencia a las partes interesadas, advirtiéndoles que contra la misma cabe recurso de suplicación, ante la Sala de lo social de Granada del Tribunal Superior de Justicia, anunciándolo ante este Juzgado de lo social número 1 de Jaén en los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Tránsitos Solana, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Jaén, a 14 de junio de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/21.952/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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